● Abierta · hasta 09/12/2026

Ayudas para promoción y comunicación de productos vinícolas en mercados internacionales

AUTONOMICA · CASTILLA Y LEÓN · CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, MEDIO RURAL Y POLÍTICA AMBIENTAL
Denominación oficial (BDNS): Orden de 21 de septiembre de 2026, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Medio Rural y Política Ambiental, por la que se convocan para 2027 ayudas para las actividades de promoción y comunicación de productos vinícolas en mercados de terceros países
Resumen: Esta convocatoria ofrece ayudas para la promoción y comunicación de productos vinícolas en mercados de terceros países. Se dirige a empresas, agricultores y personas físicas interesadas en exportar vinos.

Qué financia

Financia actividades de promoción y comunicación de productos vinícolas en mercados internacionales

A quién va dirigida

Empresas agrícolas, productores de vino, agricultores individuales y personas físicas que desarrollan actividad económica relacionada con la producción o comercialización de vinos.

Requisitos

  • Ser empresas vinícolas, organizaciones de productores vitivinícolas o entidades profesionales relacionadas
  • Demostrar capacidad técnica y recursos financieros para afrontar las exigencias de comercio con terceros países
  • Disponer de productos suficientes para asegurar la respuesta a demandas generadas por promoción
  • Tener domicilio fiscal en Castilla y León
  • No estar en situación de crisis o proceso judicial
  • Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003
  • Acreditar un nivel mínimo de cumplimiento de plazos de pago si la subvención supera 30.000 euros (para personas físicas y jurídicas con ánimo de lucro)
  • Cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003
  • Acreditar que los costes propuestos no superan los precios normales del mercado
  • Identificar nacionalidad, razón social y NIF (o código equivalente) de la sociedad dominante
  • Cumplir con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Presentar documentación preceptiva en un plazo máximo de diez días

Gastos subvencionables

  • Gastos administrativos no superiores al 4% del total de los costes subvencionables
  • Gastos relacionados con el programa de promoción y comunicación definido por el beneficiario
  • Gastos administrativos (no más del 4% del total de los costes subvencionables)
  • Gastos de personal contraídos por el beneficiario
  • Costos relacionados con la preparación, ejecución o seguimiento de un programa financiado
  • Gastos propuestos no superan los precios normales de mercado

Criterios de valoración

  • Cumplimiento de requisitos exigidos
  • Comparar solicitudes presentadas aplicando criterios de priorización fijados en el anexo III
  • Criterios del anexo III «Criterios de priorización»
  • Puntuación mínima de 25 puntos para ser admisible

Documentación a presentar

  • Formulario de identificación del beneficiario y programa
  • Poder o acuerdo del órgano competente (si procede)
  • Escrituras, estatutos y documentación acreditativa de inscripción (si procede)
  • Certificado de entidad financiera que acredite disponibilidad de fondos suficientes para cofinanciación
  • Documentos que acrediten moderación de costes mediante comparación de ofertas
  • Solicitud de autorización de subcontratación (si procede)
  • Informe detallado de las acciones con sub-acciones y costes
  • Evaluación de resultados obtenidos
  • Declaración del titular sobre el importe final ejecutado
  • Medios de prueba de la realización de acciones promocionales
  • Relación de facturas y pagos realizados
  • Facturas y comprobantes bancarios
  • Extracto bancario íntegro
  • Declaración responsable sobre conformidad con normativas
  • Certificado del beneficiario de gastos administrativos
  • Declaración responsable de no haber percibido ayudas incompatibles
  • Declaración responsable de no ser deudor por resolución de reintegro

Condiciones económicas

Las ayudas se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria correspondiente. La cuantía máxima de ayuda solicitada por empresa vinícola no podrá superar el 5% del presupuesto total.; Subvenciones para programas con duración máxima de tres años, posibles prórrogas hasta nueve años en total. Requisitos de moderación de costes y acreditación del cumplimiento de plazos de pago si el importe supera 30.000 euros.; La subvención se otorga según disponibilidad presupuestaria. Se requiere una garantía del 15% del importe anual de la financiación de la Unión Europea para asegurar la correcta ejecución del programa.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Empresas agrícolas, productores de vino, agricultores individuales y personas físicas que desarrollan actividad económica relacionada con la producción o comercialización de vinos.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 5% del presupuesto total destinado a la intervención. Las ayudas se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria correspondiente. La cuantía máxima de ayuda solicitada por empresa vinícola no podrá superar el 5% del presupuesto total.; Subvenciones para programas con duración máxima de tres años, posibles prórrogas hasta nueve años en total. Requisitos de moderación de costes y acreditación del cumplimiento de plazos de pago si el importe supera 30.000 euros.; La subvención se otorga según disponibilidad presupuestaria. Se requiere una garantía del 15% del importe anual de la financiación de la Unión Europea para asegurar la correcta ejecución del programa.
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 24/09/2026. Fin: 09/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

Otras subvenciones de Agricultura, ganadería y pesca

Ver todas →