● Abierta · hasta 10/10/202690% del coste250.000 €

Ayudas para pymes extremeñas en exportación

AUTONOMICA · EXTREMADURA · SECRETARÍA GENERAL DE ECONOMÍA, EMPRESA Y COMERCIO
Denominación oficial (BDNS): Ayudas 2026 a empresas extremeñas para el acceso a mercados exteriores denominadas "Cheque Exporta", según Resolución de 11 de junio de 2026
Resumen: Programa de ayudas públicas para pymes y autónomos de Extremadura que deseen acceder a mercados internacionales.

Qué financia

Financia costes asociados al acceso a nuevos mercados exteriores.

A quién va dirigida

Pymes y trabajadores por cuenta propia en Extremadura interesados en exportar sus productos o servicios.

Requisitos

  • Desarrollar actividades económicas en Extremadura
  • Volumen de ventas fuera de España inferior al 80%
  • No haber sido beneficiario de la misma actuación para el mismo mercado en las dos convocatorias anteriores
  • Cumplir con los requisitos legales y aduaneros de los países de destino
  • Presentación de documentación financiera (IVA y presupuestos)
  • Plan de internacionalización emitido por empresas especializadas
  • Memoria descriptiva detallada del proyecto
  • Representación legal acreditada si es persona jurídica
  • Cumplimiento de obligaciones tributarias, seguridad social y Hacienda Autonómica
  • Declaración responsable sobre no estar incurso en prohibiciones para obtener la subvención
  • Ser empresa extremaña
  • No haber solicitado ayudas para el mismo proyecto en las dos convocatorias anteriores
  • No tener un volumen de ventas fuera de España superior al 80% del ejercicio contable anterior a la fecha de publicación de la convocatoria

Gastos subvencionables

  • Elaboración de un plan de internacionalización
  • Contratación de servicios técnicos para la realización del plan subvencionado
  • Gastos incurridos en el plan de internacionalización
  • Elaboración del plan de internacionalización con empresas o corporaciones especializadas en consultoría internacional y comercio exterior

Documentación a presentar

  • Resumen anual o autoliquidación del IVA
  • Presupuestos o facturas proformas emitidas por empresas especialistas en comercio exterior
  • Memoria descriptiva detallada de los objetivos y actividades de internacionalización
  • Resumen anual del IVA (Modelo 390) o autoliquidación del IVA (Modelo 303)
  • Presupuestos o facturas proformas para el plan de internacionalización
  • Memoria descriptiva detallada del proyecto
  • Anexo IV si es una comunidad de bienes sin personalidad jurídica propia
  • Certificado de representante legal o CSV del Poder en caso de ser necesario
  • Justificación de no estar incurso en prohibiciones para obtener la subvención
  • Declaración responsable sobre ayudas públicas solicitadas o concedidas
  • Poder representante legal
  • Presupuestos o facturas proformas para la elaboración del plan de internacionalización
  • Resumen anual de IVA (Modelo 390) o autoliquidación del IVA (Modelo 303)
  • Declaración responsable para cada integrante de la Comunidad de Bienes y/o Entidades Sin Personalidad Jurídica
  • Certificado que acredite estar al corriente con las obligaciones tributarias, seguridad social y Hacienda Autónoma

Condiciones económicas

La inversión mínima subvencionable es de 1.500 €; la ayuda se concede en régimen de minimis, no superando los 300.000 euros en tres años.; La ayuda está sujeta al régimen de minimis, con un límite máximo de 300.000 euros en los tres años previos. La cuantía total de la convocatoria asciende a 250.000 euros.; Subvención a fondo perdido; según disponibilidad presupuestaria

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Pymes y trabajadores por cuenta propia en Extremadura interesados en exportar sus productos o servicios.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 90% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 6.000 €. La inversión mínima subvencionable es de 1.500 €; la ayuda se concede en régimen de minimis, no superando los 300.000 euros en tres años.; La ayuda está sujeta al régimen de minimis, con un límite máximo de 300.000 euros en los tres años previos. La cuantía total de la convocatoria asciende a 250.000 euros.; Subvención a fondo perdido; según disponibilidad presupuestaria. Presupuesto total: 250.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: A partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en DOE. Fin: 10/10/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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