Concesión de ayudas económicas para programas de prevención de adicciones
Qué financia
Financia la creación y desarrollo de programas de prevención de adicciones en corporaciones locales.
A quién va dirigida
Corporaciones locales que no desarrollan actividad económica, como centros sociales o organizaciones benéficas.
Requisitos
- Ser capitales de provincia o comunidad autónoma, cabildos o consejos insulares, o municipios con una población igual o superior a 100.000 habitantes.
- Tener un Plan de Drogas o Adicciones vigente en su ámbito territorial.
- Acreditación de no inscripción al organismo correspondiente
- Cumplimiento de obligaciones tributarias
- Certificado sobre el Plan Local de Drogas o Adicciones en vigor
- Cofinanciación del 30% por parte de la corporación local
- Presentar un Certificado de Previsión de Gastos adaptado a la cantidad finalmente subvencionada.
- Presentar una Memoria Técnica Adaptada reformulando y ajustando el programa según la cantidad finalmente subvencionada.
- Acreditar cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social.
Gastos subvencionables
- Gastos relacionados con los programas de prevención de adicciones y reducción de riesgos en menores y jóvenes
- Gastos del personal necesario para llevar a cabo la actividad.
- Materiales no inventariables precisos para el mismo fin.
- Gastos de gestión y administrativos afectos a la actividad concreta.
- Gastos del local donde se desarrolle la actividad correspondientes al período temporal en que se desarrolle ésta.
Criterios de valoración
- La desigual incidencia de las adicciones y delincuencia a ellas asociada.
- Población de derecho según el Padrón municipal
- Ostentar la capitalidad de la provincia o comunidad autónoma
- Justificación de la necesidad del programa
- Determinación de los objetivos, población destinataria y estrategias de difusión
- Calidad técnica del programa
- Adecuación del planteamiento de evaluación del programa
- Adecuación del presupuesto al contenido del programa
Documentación a presentar
- Anexo I. Datos generales de solicitud de subvención.
- Acreditación documental de la representación o poder de representación.
- Anexo II. Descripción del programa objeto de la solicitud.
- Anexo III. Modelo de autorización para que la DGPNSD recabe por medios telemáticos los datos necesarios.
- Declaración responsable de acuerdo con el artículo 69 de la LPACAP.
- Acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social y tributarias.
- Certificado sobre el cumplimiento del requisito establecido en el artículo 3.1.b).
- Certificado de no inscripción
- Certificado de cumplimiento tributario
- Certificado sobre el Plan Local de Drogas o Adicciones en vigor
- Documentos aportados anteriormente a cualquier Administración (si no han sufrido modificación)
- Certificado de Previsión de Gastos (CPG).
- Memoria Técnica Adaptada.
- Acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social.
Condiciones económicas
La financiación se realiza con una dotación inicial del Presupuesto General del Estado y puede verse aumentada hasta un máximo de 4.503.000 € desde el Fondo de bienes decomisados, según la disponibilidad presupuestaria.; Cofinanciación del 30% por parte de la corporación local; subcontratación hasta un 100% del importe de las actividades.; El importe máximo de subvenciones es limitado a 4.503.000 € proveniente del Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.