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Concesión de ayudas económicas para programas de prevención de adicciones

ESTADO · MINISTERIO DE SANIDAD · DELEGACIÓN DEL GOBIERNO PARA EL PLAN NACIONAL SOBRE DROGAS
Denominación oficial (BDNS): Resolución de 17 de marzo de 2026 de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se convoca la concesión ayudas económicas a corporaciones locales para el desarrollo de programas de prevención de las adicciones, con cargo al Fondo de bienes decomisados
Resumen: Es una convocatoria competitiva que ofrece ayuda económica a corporaciones locales para desarrollar programas de prevención de las adicciones. Está dirigida a entidades sin ánimo de lucro.

Qué financia

Financia la creación y desarrollo de programas de prevención de adicciones en corporaciones locales.

A quién va dirigida

Corporaciones locales que no desarrollan actividad económica, como centros sociales o organizaciones benéficas.

Requisitos

  • Ser capitales de provincia o comunidad autónoma, cabildos o consejos insulares, o municipios con una población igual o superior a 100.000 habitantes.
  • Tener un Plan de Drogas o Adicciones vigente en su ámbito territorial.
  • Acreditación de no inscripción al organismo correspondiente
  • Cumplimiento de obligaciones tributarias
  • Certificado sobre el Plan Local de Drogas o Adicciones en vigor
  • Cofinanciación del 30% por parte de la corporación local
  • Presentar un Certificado de Previsión de Gastos adaptado a la cantidad finalmente subvencionada.
  • Presentar una Memoria Técnica Adaptada reformulando y ajustando el programa según la cantidad finalmente subvencionada.
  • Acreditar cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social.

Gastos subvencionables

  • Gastos relacionados con los programas de prevención de adicciones y reducción de riesgos en menores y jóvenes
  • Gastos del personal necesario para llevar a cabo la actividad.
  • Materiales no inventariables precisos para el mismo fin.
  • Gastos de gestión y administrativos afectos a la actividad concreta.
  • Gastos del local donde se desarrolle la actividad correspondientes al período temporal en que se desarrolle ésta.

Criterios de valoración

  • La desigual incidencia de las adicciones y delincuencia a ellas asociada.
  • Población de derecho según el Padrón municipal
  • Ostentar la capitalidad de la provincia o comunidad autónoma
  • Justificación de la necesidad del programa
  • Determinación de los objetivos, población destinataria y estrategias de difusión
  • Calidad técnica del programa
  • Adecuación del planteamiento de evaluación del programa
  • Adecuación del presupuesto al contenido del programa

Documentación a presentar

  • Anexo I. Datos generales de solicitud de subvención.
  • Acreditación documental de la representación o poder de representación.
  • Anexo II. Descripción del programa objeto de la solicitud.
  • Anexo III. Modelo de autorización para que la DGPNSD recabe por medios telemáticos los datos necesarios.
  • Declaración responsable de acuerdo con el artículo 69 de la LPACAP.
  • Acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social y tributarias.
  • Certificado sobre el cumplimiento del requisito establecido en el artículo 3.1.b).
  • Certificado de no inscripción
  • Certificado de cumplimiento tributario
  • Certificado sobre el Plan Local de Drogas o Adicciones en vigor
  • Documentos aportados anteriormente a cualquier Administración (si no han sufrido modificación)
  • Certificado de Previsión de Gastos (CPG).
  • Memoria Técnica Adaptada.
  • Acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social.

Condiciones económicas

La financiación se realiza con una dotación inicial del Presupuesto General del Estado y puede verse aumentada hasta un máximo de 4.503.000 € desde el Fondo de bienes decomisados, según la disponibilidad presupuestaria.; Cofinanciación del 30% por parte de la corporación local; subcontratación hasta un 100% del importe de las actividades.; El importe máximo de subvenciones es limitado a 4.503.000 € proveniente del Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Corporaciones locales que no desarrollan actividad económica, como centros sociales o organizaciones benéficas.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 4.503.000 €. La financiación se realiza con una dotación inicial del Presupuesto General del Estado y puede verse aumentada hasta un máximo de 4.503.000 € desde el Fondo de bienes decomisados, según la disponibilidad presupuestaria.; Cofinanciación del 30% por parte de la corporación local; subcontratación hasta un 100% del importe de las actividades.; El importe máximo de subvenciones es limitado a 4.503.000 € proveniente del Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados.. Presupuesto total: 3.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Día siguiente a fecha publicación extracto BOE. Fin: Quince días hábiles contados a partir del día siguiente a fecha publicación extracto BOE.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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