Concesión directa de ayudas para libros y comedor escolar en Castilla-La Mancha
Qué financia
Financia el uso de libros de texto y comidas escolares para alumnado en centros docentes no universitarios
A quién va dirigida
Centros educativos privados o asociaciones sin ánimo de lucro que brindan educación a estudiantes matriculados
Requisitos
- Tener una renta familiar igual o inferior a los valores especificados
- Quedar exento de cumplir el requisito de la renta familiar por causa de orfandad, acogimiento legal o necesidades educativas especiales
- Centros privados concertados deben tener alumnado matriculado que cumpla con los requisitos y solicitar la subvención conforme a lo establecido en el artículo 18 del Decreto 47/2025
- Determinación de renta según las bases imponibles y rendimientos
- Cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 19, Decreto 47/2025
- Centros públicos: Justificar los gastos correspondientes a materiales curriculares.
- Centros privados concertados: Justificar el correcto destino de la subvención y presentar una cuenta justificativa con documentación detallada.
Gastos subvencionables
- Adquisición de libros de texto y material curricular
- Coste del servicio de comida del mediodía para el comedor escolar
- Coste del servicio de comedor escolar
- Materiales curriculares de Educación Especial
- Libros de texto
Documentación a presentar
- Documento nacional de identidad (DNI), número de identificación de extranjeros (NIE), pasaporte o tarjeta de residencia
- Declaración del impuesto sobre la renta correspondiente al ejercicio 2024
- Certificado de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social
- Certificación de ingresos obtenidos por el padre, la madre o tutor/a legal o el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación al padre o la madre y que formen parte de la unidad familiar en dicho ejercicio emitido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) u organismo tributario competente
- Certificación emitida por los órganos competentes en materia de seguridad social y/o clases pasivas donde consten los ingresos percibidos en el año 2024
- Solicitud presentada por el padre, madre o tutor legal a través de la plataforma EducamosCLM
- Documentación digitalizada adjunta a las solicitudes
- Modelo de memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención.
- Relación del alumnado al que se le ha facilitado el préstamo de libros de texto.
- Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas.
Condiciones económicas
La cuantía máxima individual de la ayuda para la adquisición de libros de texto y material curricular varía según el nivel educativo del alumnado. Los centros privados concertados deben solicitar la subvención conforme a lo establecido en el artículo 18 del Decreto 47/2025.; Para el alumnado con necesidades educativas especiales se libera una dotación de 25 euros por cada alumno en centros ordinarios y 50 euros por cada uno en centros de educación especial. Los libros reutilizables provenientes de cursos anteriores pueden afectar la cuantía del gasto.; Los gastos deben ser justificados con documentación detallada, incluyendo facturas y presupuestos. Los libros de texto adquiridos forman parte del Banco de Libros.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.