Concesión directa de subvenciones para entidades locales en Castilla y León
AUTONOMICA · CASTILLA Y LEÓN · CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA
Denominación oficial (BDNS): Acuerdo de la Junta de Castilla y León, por la que se autoriza a la Consejería de la Presidencia la concesión directa de subvenciones a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
Resumen: Es un acuerdo que permite a la Consejería de la Presidencia conceder subvenciones directamente a entidades locales sin necesidad de convocatorias públicas. Se dirige a organizaciones que prestan servicios comunitarios.
Qué financia
Financiar actuaciones económicas para el bienestar social y la prestación de servicios en la comunidad
A quién va dirigida
Organizaciones locales sin actividad económica propia, como asociaciones o entidades benéficas que prestan servicios a la comunidad
Requisitos
Aceptar la subvención dentro del plazo de 30 días desde su notificación
Remitir una declaración de cumplimiento tributario y frente a la Seguridad Social
No tener obligaciones por reintegro de subvenciones pendientes con la Administración de Castilla y León
Gastos subvencionables
Gastos incluidos en el proyecto o memoria valorada presentados
Excluye gastos previos de redacción del proyecto, financieros, asesoría jurídica/financiera, notariales, registrales y administración específica
Documentación a presentar
Documentación exigida en la Orden IYJ/1747/2010
Propuesta gráfica para rotulación o soporte informativo según el manual de estilo
Certificado expedido por la Secretaría de la Entidad Local para justificar la subvención
Condiciones económicas
La subvención se concede en su totalidad al aceptarla la entidad local. No hay tope máximo por proyecto, pero el presupuesto considerado para cada inversión está detallado en el Anexo I.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones locales sin actividad económica propia, como asociaciones o entidades benéficas que prestan servicios a la comunidad
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
La subvención se concede en su totalidad al aceptarla la entidad local. No hay tope máximo por proyecto, pero el presupuesto considerado para cada inversión está detallado en el Anexo I.. Presupuesto total: 8.495 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Sin plazo de solicitud. Fin: Sin plazo de solicitud.
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