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Concesión directa de subvenciones para servicios sociales en el exterior

AUTONOMICA · CASTILLA Y LEÓN · CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA
Denominación oficial (BDNS): Acuerdo de 25 de junio de 2026, de la junta de castilla y león, por el que se autoriza la concesión directa de subvenciones a las comunidades castellanas y leonesas en el exterior, a sus federaciones y a la confederación internacional
Resumen: Este acuerdo autoriza la concesión directa de subvenciones a comunidades castellanas y leonesas, sus federaciones y la confederación internacional para servicios sociales. Interesa a entidades sin ánimo de lucro que operan en el ámbito social.

Qué financia

Financia proyectos de servicios sociales y promoción social

A quién va dirigida

Comunidades castellanas y leonesas, sus federaciones y la confederación internacional

Requisitos

  • Ser comunidad castellana o leonesa en el exterior
  • Tener actividad actual
  • Manifestar voluntad de recibir apoyo
  • Cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención
  • Presentación de la documentación justificativa dentro del plazo establecido

Gastos subvencionables

  • Gastos de personal
  • Gastos corrientes y mantenimiento
  • Consumibles
  • Material de oficina
  • Comisiones bancarias
  • Gestoría
  • Seguros
  • Actividades organizadas
  • Inversiones nuevas y de reposición
  • Gastos corrientes y de mantenimiento
  • Gastos relacionados con la organización y realización de actividades
  • Inversiones nuevas y de reposición (no superando el 30% del total)

Documentación a presentar

  • Cuenta justificativa simplificada con memoria de actuación, relación clasificada de gastos e inversiones, detalle de otros ingresos propios o subvenciones, carta de pago de reintegro si corresponde
  • Cuenta justificativa simplificada
  • Relación clasificada y numerada de los gastos e inversiones
  • Facturas o documentos de valor probatorio equivalentes
  • Justificante del pago de las mismas

Condiciones económicas

El gasto máximo permitido por inversión no supera el 30% del total de la subvención. Las subvenciones se destinan a gastos como personal, mantenimiento, consumibles y actividades organizadas.; El coste de adquisición de inmuebles no puede superar el 30% del total de la subvención. Los gastos que superen los 3.000 euros o más del 80% de la subvención requerirán justificantes adicionales.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Comunidades castellanas y leonesas, sus federaciones y la confederación internacional
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
El gasto máximo permitido por inversión no supera el 30% del total de la subvención. Las subvenciones se destinan a gastos como personal, mantenimiento, consumibles y actividades organizadas.; El coste de adquisición de inmuebles no puede superar el 30% del total de la subvención. Los gastos que superen los 3.000 euros o más del 80% de la subvención requerirán justificantes adicionales.. Presupuesto total: 327.600 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: sin periodo de solicitud. Fin: sin periodo de solicitud.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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