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Concesión directa para la Fundación Secretariado Gitano

AUTONOMICA · EXTREMADURA · DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES, INFANCIA Y FAMILIA
Denominación oficial (BDNS): Concesión directa 2026 a la Fundación Secretariado Gitano para atención socioeducativa y cobertura de necesidades básicas a familias gitanas con menores en situación de pobreza
Resumen: Es una ayuda pública destinada a financiar servicios socioeducativos y necesidades básicas de familias gitanas en situación de pobreza. Interesa a entidades sin ánimo de lucro que trabajen con este grupo específico.

Qué financia

Financia la atención socioeducativa y cubre las necesidades básicas de familias gitanas con menores en situación de pobreza

A quién va dirigida

Entidades sin ánimo de lucro que trabajen con familias gitanas en Badajoz

Requisitos

  • Reunir los requisitos para ser beneficiaria de la subvención conforme a los artículos 10, 12 y 32.1 d) de la Ley 6/2011
  • No estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarios en el art. 12.2 y 3 de la Ley 6/2011
  • Promover que el alumnado gitano finalice con éxito la educación Primaria para enfrentarse a la ESO.
  • Favorecer el logro de los objetivos curriculares en las diferentes etapas educativas.
  • Dar apoyo a menores y familias en situaciones de carencia económica o especial vulnerabilidad.
  • Presentar una declaración responsable bajo responsabilidad propia
  • Tener póliza de seguro de accidentes y enfermedad para voluntarios
  • Disponer de todas las licencias, autorizaciones y permisos necesarios

Gastos subvencionables

  • Necesidades básicas de alimentación, higiene, ropa
  • Acceso a servicios como los de salud (física y mental), educación (material escolar, ayudas para comedor)
  • Vivienda (alquiler y mejora de las condiciones de habitabilidad de la vivienda, suministros)
  • Gastos de personal
  • Seguro de participantes
  • Ayudas en especie (prestaciones económicas y/o en especie)
  • Gastos de gestión y administración

Criterios de valoración

  • Justificación del cumplimiento de condiciones impuestas y objetivos previstos en la resolución de concesión
  • Cuenta justificativa con aportación de informe de auditor si el importe es superior a 60.000 euros

Documentación a presentar

  • Programa objeto de subvención
  • Declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarios
  • Declaración de otras ayudas o subvenciones solicitadas o recibidas por la entidad
  • Autorización expresa para recabar de oficio por el órgano gestor los documentos o información
  • Declaración responsable
  • Certificado del representante legal
  • Fotografía de la placa identificativa de la subvención
  • Memoria técnica justificativa del desarrollo del programa
  • Informe de auditor de cuentas

Condiciones económicas

La subvención se otorga mediante decreto singular del Consejo de Gobierno y tiene carácter singular.; Cofinanciación; fondos propios; gastos corrientes de la ejecución del programa y sus actividades.; El pago es anticipado al 100% del importe previsto. Los gastos subvencionables deben estar justificados por un auditor y cumplir con ciertos requisitos.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Entidades sin ánimo de lucro que trabajen con familias gitanas en Badajoz
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 160.026,00€. La subvención se otorga mediante decreto singular del Consejo de Gobierno y tiene carácter singular.; Cofinanciación; fondos propios; gastos corrientes de la ejecución del programa y sus actividades.; El pago es anticipado al 100% del importe previsto. Los gastos subvencionables deben estar justificados por un auditor y cumplir con ciertos requisitos.. Presupuesto total: 160.026 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: NO PROCEDE. Fin: NO PROCEDE.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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