Concurso para apoyar emprendimiento y consolidación de cooperativas, trabajo asociado, microempresas y SL
Qué financia
Financia la creación y desarrollo de cooperativas, trabajo asociado, microempresas y SL en el sector artístico, deportivo y de entretenimiento.
A quién va dirigida
Emprendedores, pymes, autónomos y trabajadores por cuenta propia interesados en proyectos de cooperativa o trabajo asociado en La Rioja.
Requisitos
- Estar legalmente constituida e inscrita en los registros correspondientes a La Rioja
- Tener domicilio fiscal o centro de trabajo en La Rioja
- Mantener actualizada la inscripción en el registro público
- Estar al corriente con obligaciones tributarias y Seguridad Social, sin deuda pendiente con La Rioja
- No estar incursa en prohibiciones por discriminación o sanciones administrativas
- Cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiaria
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones según la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- No estar incursa en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la misma ley
- Aportar los justificantes necesarios para su comprobación
- Cumplir los requisitos de compromiso y aceptar, en su caso, las verificaciones que procedan
- No recibir ayudas o subvenciones obtenidas o solicitadas a otras Administraciones Públicas para la misma finalidad
- Poseer las autorizaciones necesarias de las personas cuyos datos se derivan de la solicitud para el tratamiento de los mismos, según la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
- Los datos aportados y los documentos que se acompañan deben ser veraces
- No haber sido sancionada por acciones consideradas discriminatorias por razón de género
Gastos subvencionables
- Inversiones en maquinaria, utillaje, mobiliario y equipos para procesos de información (inmovilizado material)
- Inversiones en propiedad industrial y aplicaciones informáticas (inmovilizado inmaterial)
- Servicios de asistencia técnica
- Gastos de inversión en maquinaria, utillaje, mobiliario y equipos para procesos de información
- Gastos de inversión en propiedad industrial y aplicaciones informáticas
Documentación a presentar
- Relación detallada de gastos objeto de subvención
- Presupuestos o facturas justificativas del gasto realizado desde el 1 de enero al 30 de septiembre de 2026
- Justificantes del pago de las facturas (transferencias bancarias, cargos o extractos bancarios)
- Memoria descriptiva del coste de actuaciones realizadas o a realizar
- Copia del contrato suscrito para la realización del estudio o asesoramiento
- Declaración responsable según el modelo normalizado
- Relación detallada de todos los gastos objeto de subvención
- Presupuestos o facturas conformadas desde el 1 de enero de 2026 al 30 de septiembre de 2026
- Justificantes del pago de las facturas realizados
Condiciones económicas
El importe máximo por solicitante es de 1.700 €, independientemente del tipo de gasto (inversión o servicios de asistencia técnica). Si no se agota el crédito global, puede incrementarse hasta cubrir la totalidad del presupuesto disponible.; No se especifica una cuantía máxima simple; el presupuesto debe estar justificado con facturas desde enero de 2026 al septiembre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.