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Convenio AFAAR. Acogimiento familiar en La Rioja

AUTONOMICA · LA RIOJA · CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES
Denominación oficial (BDNS): Convenio AFAAR. Acogimiento familiar
Resumen: Es un convenio para entidades que no desarrollan actividad económica, con el objetivo de mejorar servicios sociales y promoción social.

Qué financia

Financiación de servicios sociales y promoción social

A quién va dirigida

Entidades sin ánimo de lucro o ONGs en La Rioja que no realizan actividades económicas

Requisitos

  • Planificar, organizar, coordinar y ejecutar las actuaciones previstas para la sensibilización, promoción y visibilización del acogimiento familiar
  • Desarrollar actividades dirigidas a informar y sensibilizar a la ciudadanía sobre el acogimiento familiar
  • Promover espacios de encuentro y apoyo entre familias acogedoras y personas interesadas
  • Colaborar en la difusión del Programa de Acogimiento Familiar del Gobierno de La Rioja
  • Presentar justificación trimestral de gastos
  • Presentar memoria anual de actividades antes del 20 de enero de 2027
  • Comunicar la obtención de otras subvenciones o ingresos que financien las actividades subvencionadas
  • Acreditar estar al corriente con obligaciones tributarias y Seguridad Social

Gastos subvencionables

  • Gastos directamente relacionados con el contenido de las actuaciones del programa
  • Gastos directamente relacionados con el contenido del programa

Criterios de valoración

  • Reintegro total en caso de incumplimiento total
  • Reintegro proporcional en caso de incumplimiento parcial
  • Criterios para justificación y subsanación de gastos incorrectos o no presentados a tiempo

Documentación a presentar

  • Memoria justificativa de gastos trimestral
  • Nóminas y facturas correspondientes al periodo
  • Memoria de actividades antes del 20 de enero de 2027
  • Memoria justificativa de gastos con modelo del Anexo I
  • Nóminas y facturas correspondientes al periodo de justificación
  • Memoria de actividades anual
  • Declaración responsable sobre cumplimiento de requisitos legales

Condiciones económicas

El importe es nominativo y no tiene tope máximo ni se basa en un porcentaje del gasto subvencionable. La aportación económica se justifica trimestralmente.; Se requiere justificación trimestral de gastos, presentación anual de actividades, y se admiten facturas pendientes de pago con acreditación del pago efectivo en un plazo máximo de tres meses. La subvención no incrementará por rendimientos financieros generados.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Entidades sin ánimo de lucro o ONGs en La Rioja que no realizan actividades económicas
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 15.000 €. El importe es nominativo y no tiene tope máximo ni se basa en un porcentaje del gasto subvencionable. La aportación económica se justifica trimestralmente.; Se requiere justificación trimestral de gastos, presentación anual de actividades, y se admiten facturas pendientes de pago con acreditación del pago efectivo en un plazo máximo de tres meses. La subvención no incrementará por rendimientos financieros generados.. Presupuesto total: 15.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: No tiene. Fin: No tiene.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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