Convenio AMICOS para atención e integración de personas con discapacidades
Qué financia
Financia la atención e integración de personas con discapacidades específicas
A quién va dirigida
Organizaciones sin ánimo de lucro que prestan servicios sociales a personas con discapacidades intelectuales, autismo, parálisis o daño cerebral y sus familias en Galicia.
Requisitos
- Cumplir con las obligaciones recogidas en la Ley 38/2003 y la Ley 9/2007
- Acreditar la realización de la actuación que fundamenta la subvención
- Someterse a comprobaciones y controles financieros
- Comunicar cualquier modificación en las condiciones para la concesión de la subvención
- Presentar declaración comprensiva de todas las ayudas solicitadas o concedidas para el mismo objeto.
- Declaración responsable subscrita por el representante de la entidad.
- Obtener la subvención sin falsear condiciones o ocultar aquellas que lo impidan
- Cumplir totalmente el objetivo, actividad o proyecto
- Justificar al menos un 50% del importe concedido
- Garantizar el cumplimiento del principio de 'no causar prejuicio significativo'
- Acreditar la inscripción en el Censo de empresarios si se desarrolla actividad económica
Gastos subvencionables
- Adquisición de equipamento tecnológico y digital para mejorar los servicios a personas con discapacidad intelectual, autismo, parálisis cerebral y sus familias.
Criterios de valoración
- El texto no especifica criterios de valoración o baremo.
Documentación a presentar
- Declaración comprensiva de todas las ayudas y subvenciones solicitadas o concedidas.
- Declaración responsable subscrita por el representante de la entidad.
- NIF de la entidad beneficiaria
- Razón social y domicilio fiscal de la persona jurídica beneficiaria
- Aceptación de la cesión de datos entre Administraciones Públicas
- Declaración responsable relativa al compromiso con el Plan de Recuperación, Transformación e Resiliencia
- Inscripción en el Censo de empresarios si se desarrolla actividad económica
Condiciones económicas
El proyecto se financiará integramente por parte de los fondos europeos asignados a Galicia para el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.; El periodo subvencionable es del 1 de enero al 10 de diciembre de 2026. Se permite un anticipo del 80% y el resto se paga una vez xustificada la ejecución. Hay requisitos de publicidad y transparencia.; El texto no especifica una intensidad o importe máximo. Se mencionan requisitos y obligaciones para el beneficiario, como la identificación del perceptor final, compromiso de no causar dano significativo al ambiente, y medidas antifraude.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.