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Convenio con Laba 2026 para promover el euskera

AUTONOMICA · COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA · EUSKARABIDEA / INSTITUTO NAVARRO DEL EUSKERA
Denominación oficial (BDNS): Convenio con la asociación Laba 2026
Resumen: Es un convenio directo que financía proyectos culturales en Navarra, específicamente relacionados con la difusión del idioma euskara. Está dirigido a entidades sin ánimo de lucro.

Qué financia

Financia actividades para promover y preservar el idioma euskara

A quién va dirigida

Entidades sin ánimo de lucro que trabajen en la difusión del euskera

Requisitos

  • Ser parte de la asociación Laba
  • Cumplir con los objetivos esenciales del euskera según la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Euskara
  • Justificación de los gastos
  • Cumplimiento del objetivo de la ayuda

Gastos subvencionables

  • Coordinación del proyecto (asesoramiento, liderazgo y dinamización)
  • Actividades de mediación y promoción
  • Dinamización
  • Proyecto Erupción
  • Comunicación
  • Gastos de personal (coordinación)
  • Zeharkakko gastuak (aholkularitza, materiala, ordenagailua, soinu teknikaria, telefonoa)
  • Gastos indirectos (asesoría, materiales, ordenador, técnica /o de sonido, teléfono)
  • Proiektuen gastu zuzenak (Erupzioa, Ongi Etorri Iruñera)
  • Gastos directos de los proyectos (Erupzioa, Ongi Etorri Iruñera)
  • Komunikazioa (diseinua, argazkiak eta bideoak, euskarriak eta inprimaketa lanak, irratia eta iragarkiak, web orria eguneratzea)

Criterios de valoración

  • Cumplimiento del objetivo de la ayuda
  • Justificación de los gastos

Documentación a presentar

  • Documentación justificativa presentada a través del Registro General Electrónico del Gobierno de Navarra
  • Relación nominal y nóminas de las personas trabajadoras imputadas a la subvención
  • Justificantes correspondientes a las cotizaciones de la Seguridad Social
  • Facturas u otro tipo de documentos con valor probatorio equivalente para gastos directos
  • Presupuesto de 2026
  • Gastuen justifikazioa
  • Declaración de no estar sujeto a la obligación de transparencia si corresponde

Condiciones económicas

El gasto debe ser realizado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, y pagado antes del 31 de diciembre. Los importes establecidos para cada apartado subvencionable no son vinculantes.; El importe a abonar dependerá de la justificación efectiva de gastos realizada sin que pueda superar el importe total de la subvención anual concedida.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Entidades sin ánimo de lucro que trabajen en la difusión del euskera
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 26.000 €. El gasto debe ser realizado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, y pagado antes del 31 de diciembre. Los importes establecidos para cada apartado subvencionable no son vinculantes.; El importe a abonar dependerá de la justificación efectiva de gastos realizada sin que pueda superar el importe total de la subvención anual concedida.. Presupuesto total: 26.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: El dia de la firma del convenio. Fin: 31 de diciembre del 2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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