Convenio Cruz Roja Española para Emergencias y Protección Civil en La Rioja
Qué financia
Financia programas de emergencias y protección civil
A quién va dirigida
Personas físicas sin actividad económica en La Rioja
Requisitos
- Realizar los programas, servicios y actividades objeto del convenio relacionados en el mismo
- Configurar las capacidades generales o específicas necesarias para su funcionamiento
- Realizar mantenimientos de vehículos y equipos
- Disponer de personal formado apropiadamente
- Aplicar los métodos y criterios de mando y control adoptados por el CECOP SOS Rioja
- Presentar la cuenta justificativa que incluirá la documentación señalada en el Anexo II al convenio
- Presentar la Memoria Anual del ejercicio, con indicación de las actividades realizadas y resultados obtenidos
- Cumplir con los plazos establecidos para la presentación de la justificación económica
- Presentación telemática de la documentación justificativa
- Declaraciones responsables sobre el cumplimiento del artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996 y el artículo 8.4 de la Ley 45/2015
Gastos subvencionables
- Gastos de funcionamiento, electricidad, telefónicos, mantenimiento de edificios e instalaciones
- Retribuciones del personal (responsables, psicólogos, conductores, teleoperadores)
- Gastos de formación y asistencia a cursos
- Vestuario identificador de personal vinculado a la respuesta ante emergencias
- Material de oficina y consumibles propios de la actividad
- Gastos de personal
- Facturas correspondientes a gastos subvencionables
- Documentos probatorios equivalentes con validez en el tráfico jurídico mercantil o eficacia administrativa
Criterios de valoración
- La cuantía mínima a justificar está especificada en el Anexo I del convenio
- Si el importe de los gastos justificados es inferior a las cantidades aprobadas, la subvención se reducirá proporcionalmente
Documentación a presentar
- Cuenta justificativa económica con documentación señalada en el Anexo II
- Memoria Anual del ejercicio, justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas y resultados obtenidos
- Cuenta justificativa con índice numerado de justificantes y facturas
- Memoria Anual del ejercicio
- Declaración responsable sobre el destino de la cuantía concedida
- Declaración responsable sobre la reflejión en la contabilidad de la entidad
- Índice numerado de los justificantes
- Facturas y documentos de valor probatorio equivalente
- Declaración responsable sobre el cumplimiento del artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, y el artículo 8.4 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre
- Declaración responsable sobre la obtención de subvenciones o aportaciones económicas para la misma finalidad
Condiciones económicas
La subvención es de concesión directa y nominativa, limitada a la cuantía máxima establecida.; La cuantía máxima de la subvención es limitativa, no se incrementará por costes efectivos superiores a esta cantidad. La justificación económica debe presentarse con fecha límite el 1 de diciembre del ejercicio correspondiente.; La cuantía máxima de la subvención es 290.000 €, y se requiere presentar una cuenta justificativa con facturas y documentos probatorios.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.