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Convenio de atención psicológica, social y educativa familiar en Aragón

AUTONOMICA · ARAGÓN · INSTITUTO ARAGONÉS DE LA MUJER (IAM)
Denominación oficial (BDNS): Convenio de colaboración entre el instituto aragonés de la mujer y la comarca bajo cinca/baix cinca para la prestación del servicio de atención psicológica, social y educativa familiar
Resumen: Es un convenio entre el Instituto Aragonés de la Mujer y la Comarca Bajo Cinca/Baix Cinca para ofrecer servicios sociales a personas jurídicas sin actividad económica.

Qué financia

Financia la prestación de servicios psicológicos, sociales y educativos familiares

A quién va dirigida

Organizaciones no económicas en Aragón que requieran estos servicios

Requisitos

  • Facilitar inmueble para la ubicación del servicio
  • Prestar servicios de atención psicológica, social y educativa familiar por profesionales calificados
  • Cumplimentar y remitir registros de información al Instituto Aragonés de la Mujer
  • Publicidad adecuada en actividades realizadas
  • Nombrar una persona responsable de la organización y coordinación de las actuaciones
  • Facilitar asistencia a reuniones periódicas de profesionales
  • Conservar documentación e información durante cuatro años
  • Cumplir con el Manual de Identidad Visual Corporativa del Gobierno de Aragón
  • Hacer constar en la publicidad la colaboración institucional
  • Aprobar y aportar modificaciones al Plan de Racionalización del gasto corriente
  • Estar al día en obligaciones de rendir cuentas, racionalización del gasto y presentación de planes económico-financieros si hay desequilibrios o deudas
  • Cumplir con la legislación medioambiental, transparencia, igualdad entre hombres y mujeres, derechos LGTBI+, discapacidad y empleo inclusivo
  • Ser mujer víctima de violencia de género según definiciones legales
  • Atender a mujeres víctimas de violencia por otros tipos de violencia por género
  • Atender a hijos e hijas de víctimas de violencia

Gastos subvencionables

  • Contratación de servicios por importe superior a 5.000 € (considerados gastos menores)
  • Nóminas y gastos de seguridad social
  • Gastos de desplazamiento (0.26 €/km)
  • Gastos de manutención (37.40 €/día)
  • Gastos de alojamiento (65.70 €/día)
  • Gastos realizados y pagados para la ejecución del convenio
  • Costes imputables estimados que no se han podido justificar aún pero cuyo abono está previsto
  • Horas dedicadas al objeto e imputación de costes del Convenio

Criterios de valoración

  • Cumplimiento de finalidad y por los conceptos señalados en el convenio
  • No recibir otras subvenciones que superen el coste total de la actividad
  • Gestión de programas sin requerir dedicación superior al 50% de jornada laboral

Documentación a presentar

  • Certificación expedida por el Secretario/a-Interventor/a
  • Índice numerado de los documentos justificativos imputables a la subvención
  • Recibos de gastos de desplazamiento, manutención y/o alojamiento
  • Certificación de gastos y justificación económica
  • Informes estimativos de gastos para la prestación del servicio
  • Documentos referidos al período elegible de la subvención
  • Acuerdo de encargo de tratamiento de datos

Condiciones económicas

La subvención es excepcional y no tiene un importe máximo específico mencionado. Se gestiona según la disponibilidad presupuestaria y se requiere acreditación técnica en el expediente.; La subvención se aplica a gastos menores de 5.000 € sin consulta previa, mientras que los superiores requieren consulta o licitación pública.; No hay información sobre tope económico específico, anticipos o cofinanciación. La subvención está sujeta a disponibilidad presupuestaria y se justifica con certificados de gastos.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones no económicas en Aragón que requieran estos servicios
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 80% del coste subvencionable. La subvención es excepcional y no tiene un importe máximo específico mencionado. Se gestiona según la disponibilidad presupuestaria y se requiere acreditación técnica en el expediente.; La subvención se aplica a gastos menores de 5.000 € sin consulta previa, mientras que los superiores requieren consulta o licitación pública.; No hay información sobre tope económico específico, anticipos o cofinanciación. La subvención está sujeta a disponibilidad presupuestaria y se justifica con certificados de gastos.. Presupuesto total: 30.018 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/01/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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