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Convenio de colaboración con Cáritas Diocesanas para acogida de personas sin hogar en Huelva

LOCAL · HUELVA · AYUNTAMIENTO DE HUELVA
Denominación oficial (BDNS): Convenio de colaboración con Cáritas Diocesanas de Huelva, para "Proyecto de Acogida de Baja Exigencia para Personas sin Hogar" 2026
Resumen: Es un convenio directo entre el Ayuntamiento de Huelva y Cáritas Diocesanas para financiar servicios sociales. Interesa a entidades benéficas que trabajen con personas sin hogar.

Qué financia

Financia la implementación del Proyecto de Acogida de Baja Exigencia para Personas sin Hogar

A quién va dirigida

Organizaciones benéficas y no gubernamentales dedicadas a servicios sociales, especialmente en atención a personas sin hogar.

Requisitos

  • La entidad CÁRITAS DIOCESANAS DE HUELVA está inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas sin ánimo de lucro.
  • Cumplir los requisitos necesarios para ser beneficiario de la subvención, conforme a lo estipulado por el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
  • Certificar el cumplimiento del objetivo, ejecución de los proyectos, y aplicación de los fondos obtenidos al fin que fundamenta la concesión de las subvenciones.

Gastos subvencionables

  • Gastos de gestión necesarios para la acción social de Cáritas Diócesanas
  • Promover, desarrollar e instrumentar las ayudas a la promoción humana y al desarrollo integral de las personas
  • Trabajadores grupo 3 media jornada
  • Limpiezas media jornada
  • Vigilancia privada (externa)
  • Gastos suministros (agua y electricidad)
  • Productos de limpieza y lavandería
  • Mantenimiento del centro
  • Alimentos y bebidas

Documentación a presentar

  • Memoria justificativa
  • Memoria Económica justificativa y presupuesto de actividades
  • Declaración responsable relativa a no estar incursa en prohibición legal para ser beneficiaria de la subvención
  • Certificados acreditativos de cumplimiento de obligaciones tributarias con Hacienda Estatal, Autonómica, Municipal y Seguridad Social
  • Memoria económica que incluya una relación detallada del total de gastos e ingresos vinculados al objeto del convenio.
  • Facturas originales o fotocopias compulsadas de las mismas y justificantes de pago.

Condiciones económicas

El pago anticipado del 50% se considera financiación necesaria para llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención.; Pago anticipado del 50% de la subvención; justificación documental requerida en un plazo máximo de tres meses desde finalización de actividades.; Pago anticipado del 50% al firmar el convenio, con el resto pagado tras la justificación de las actividades en un plazo máximo de tres meses.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones benéficas y no gubernamentales dedicadas a servicios sociales, especialmente en atención a personas sin hogar.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 45.000 €. El pago anticipado del 50% se considera financiación necesaria para llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención.; Pago anticipado del 50% de la subvención; justificación documental requerida en un plazo máximo de tres meses desde finalización de actividades.; Pago anticipado del 50% al firmar el convenio, con el resto pagado tras la justificación de las actividades en un plazo máximo de tres meses.. Presupuesto total: 45.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: sin plazo solicitud. Fin: sin plazo solicitud.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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