Resumen: Es un convenio directo entre el Ayuntamiento de Burjassot y una asociación para servicios sociales. Interesa a entidades sin ánimo de lucro que prestan servicios sociales.
Qué financia
Financiación de actividades relacionadas con la promoción social
A quién va dirigida
Asociaciones o entidades sin ánimo de lucro dedicadas a servicios sociales
Requisitos
Ser una asociación de carácter social sin ánimo de lucro inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales.
Ser financiamente sostenible
Tener capacidad para financiar compromisos durante la vigencia del convenio
Gastos subvencionables
Desarrollo de actividades relacionadas con el objeto del convenio
Gastos de funcionamiento hasta un 40% (agua, luz, alquiler, teléfono, limpieza, material fungible de oficina)
Documentación a presentar
Instancia específica suscrita por la entidad solicitando la concesión de la subvención
Proyecto de actividades a realizar durante el ejercicio subvencionado
Declaración responsable de cumplir los requisitos del Art. 13 de la Ley 38/2003
Pronunciamiento expreso de denegación o autorización de la persona o entidad peticionaria
Condiciones económicas
Subvención nominativa, según disponibilidad presupuestaria.; La subvención es anual y se paga tras la justificación del destino de los fondos, que debe coincidir con el importe concedido.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Asociaciones o entidades sin ánimo de lucro dedicadas a servicios sociales
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 16.000 €. Subvención nominativa, según disponibilidad presupuestaria.; La subvención es anual y se paga tras la justificación del destino de los fondos, que debe coincidir con el importe concedido.. Presupuesto total: 16.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: A PARTIR DE LA FIRMA EL CONVENIO. Fin: 30/09/2026.
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.
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