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Convenio de Colaboración entre Ayuntamiento de Huelva y AONES para Servicios Sociales

LOCAL · HUELVA · AYUNTAMIENTO DE HUELVA
Denominación oficial (BDNS): Convenio de Colaboración a suscribir entre el Excmo. Ayuntamiento de Huelva, y AONES para el año 2026
Resumen: Es un convenio directo que promueve servicios sociales en Huelva. Interesa a entidades sin ánimo de lucro dedicadas a la atención social.

Qué financia

Financiación de actividades relacionadas con servicios sociales y promoción social

A quién va dirigida

Organizaciones sin fines de lucro que prestan servicios sociales en Huelva

Requisitos

  • La entidad interesada debe estar inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas.
  • Ser una asociación sin ánimo de lucro que atienda personas con discapacidad intelectual y sus familias en Huelva.
  • Justificar la subvención mediante facturas originales y presentar una Memoria evaluativa al finalizar el convenio.
  • Justificar los gastos subvencionables
  • Colaborar en programas, comunicaciones y publicaciones relacionadas con las actividades subvencionadas

Gastos subvencionables

  • Gastos de gestión necesarios para mejorar la calidad de vida, el bienestar emocional y la inclusión social de personas con discapacidad intelectual y/o trastornos del neurodesarrollo, y sus familias.
  • Nóminas de personal técnico laboral
  • Seguros sociales

Documentación a presentar

  • Memoria justificativa
  • Presupuesto de las actividades a realizar
  • Declaración responsable relativa a no estar incursa la entidad en prohibición legal para ser beneficiaria de la subvención
  • Certificados acreditativos de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, Autonómica, y Municipal, y de Seguridad Social.
  • Facturas originales o fotocopias compulsadas
  • Memoria económica detallada del total de gastos e ingresos vinculados al convenio
  • Certificado de proyectos subvencionados por otras instituciones distintas del Ayuntamiento

Condiciones económicas

El pago se realizará en dos partes: el 50% como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención.; El Ayuntamiento pagará el 50% de la subvención anticipadamente, con justificación a realizar tres meses después del final del convenio.; Se contempla el pago anticipado del 50% de la subvención, con justificación en tres meses desde la finalización del convenio. Los pagos anticipados no requieren garantías.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones sin fines de lucro que prestan servicios sociales en Huelva
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 10.000 €. El pago se realizará en dos partes: el 50% como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención.; El Ayuntamiento pagará el 50% de la subvención anticipadamente, con justificación a realizar tres meses después del final del convenio.; Se contempla el pago anticipado del 50% de la subvención, con justificación en tres meses desde la finalización del convenio. Los pagos anticipados no requieren garantías.. Presupuesto total: 10.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: sin plazo solicitud. Fin: sin plazo solicitud.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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