● Abierta · hasta 31/10/202675% del coste100.000 €

Convenio de Colaboración entre Ayuntamiento de Málaga y Asociación LA JÁBEGA

LOCAL · MÁLAGA · AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA
Denominación oficial (BDNS): Convenio de Colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Málaga y la ASOCIACIÓN DE ACTIVIDADES MALAGUEÑAS LA JÁBEGA
Resumen: Es un convenio directo que promueve servicios sociales en Málaga. Interesa a entidades sin ánimo de lucro involucradas en atención sanitaria o servicios sociales.

Qué financia

Financia la colaboración entre el Ayuntamiento y una asociación para mejorar los servicios sociales en Málaga.

A quién va dirigida

Organizaciones benéficas que trabajan en salud y servicios sociales de la ciudad de Málaga.

Requisitos

  • La entidad debe reunir los requisitos para obtener la condición de beneficiaria según la Ley 38/2003 de Subvenciones.
  • La entidad debe estar al corriente en tributaciones y Seguridad Social
  • Justificación documental del 100% del coste de ejecución antes del 31 de octubre de 2026
  • Cumplir el objetivo y ejecutar el proyecto
  • Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de requisitos y condiciones
  • Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas o ingresos que financien las actividades subvencionadas
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias o frente a Seguridad Social
  • Disponer de libros contables y registros diligenciados auditados
  • Conservar documentos justificativos de la aplicación de fondos recibidos
  • Dar publicidad del carácter público de la financiación

Gastos subvencionables

  • Personal
  • Material fungible
  • Seguros
  • Gastos de gestión
  • Transporte
  • Servicios subcontratados: Acto de clausura de talleres.
  • Otros: Gradior, test barc., mat. Inform, tlf, formac.

Criterios de valoración

  • Principio de proporcionalidad para el reintegro parcial
  • Reintegro del exceso obtenido sobre el coste si la subvención supera los mismos

Documentación a presentar

  • Memoria técnica justificativa
  • Memoria económica justificativa
  • Facturas y justificantes de pago válidos en el tráfico mercantil
  • Ejemplar o muestra de la publicidad realizada
  • Documentación justificativa a través de Sede Electrónica antes del 31 de octubre de 2026

Condiciones económicas

El pago se realiza en dos partes: un anticipado del 75% (75.000 €) y el resto al finalizar la ejecución del proyecto, previo justificativo del coste total.; El pago anticipado puede alcanzar hasta el 75% de la subvención. El resto se paga después de justificar el 100% del coste total, con garantía bancaria o seguro.; Costes indirectos máximo del 20%; gastos justificables con anterioridad a la subvención; comunicación obligada al Ayuntamiento durante ejecución; documentación justificativa por Sede Electrónica.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones benéficas que trabajan en salud y servicios sociales de la ciudad de Málaga.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 75% del coste subvencionable. El pago se realiza en dos partes: un anticipado del 75% (75.000 €) y el resto al finalizar la ejecución del proyecto, previo justificativo del coste total.; El pago anticipado puede alcanzar hasta el 75% de la subvención. El resto se paga después de justificar el 100% del coste total, con garantía bancaria o seguro.; Costes indirectos máximo del 20%; gastos justificables con anterioridad a la subvención; comunicación obligada al Ayuntamiento durante ejecución; documentación justificativa por Sede Electrónica.. Presupuesto total: 100.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/10/2025. Fin: 31/10/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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