● Abierta · hasta 30/11/202675% del coste20.000 €

Convenio de Colaboración entre Ayuntamiento de Málaga y ASOCIACIÓN NENA PAINE

LOCAL · MÁLAGA · AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA
Denominación oficial (BDNS): Convenio de Colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Málaga y la ASOCIACIÓN NENA PAINE
Resumen: Es un convenio directo que promueve servicios sociales en Málaga. Interesa a entidades sin ánimo de lucro dedicadas a la atención sanitaria y social.

Qué financia

Financiación para servicios sociales y promoción social

A quién va dirigida

Organizaciones benéficas que prestan servicios en salud y bienestar social

Requisitos

  • La entidad debe cumplir con los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
  • La entidad beneficiaria debe estar al corriente en sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social
  • Justificación documental del 100% del coste total antes del 31 de octubre de 2026
  • Garantía bancaria o seguro de caución por la cantidad subvencionada
  • Comunicación previa al Ayuntamiento de Málaga
  • Justificación ante el órgano concedente del cumplimiento de los requisitos y condiciones
  • Cumplir con las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social
  • Disponer de libros contables, registros diligenciados y documentos auditados
  • Comunicar la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas

Gastos subvencionables

  • Costes directos y indirectos relacionados con el proyecto
  • Personal
  • Material fungible
  • Seguros
  • Gastos de gestión
  • Transporte

Documentación a presentar

  • La documentación justificativa deberá presentarse a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento antes del 31 de octubre de 2026.
  • Memoria técnica justificativa
  • Memoria económica justificativa
  • Relación de facturas o cuadrante económico de gastos
  • Facturas
  • Acreditación de la forma de pago
  • Ejemplar o muestra de publicidad realizada
  • Solicitud de tres presupuestos para gastos superiores al contrato menor
  • Declaración de otros ingresos públicos o privados que han financiado el resto del proyecto

Condiciones económicas

El Ayuntamiento puede pagar un anticipo del 75% (15,000 €) con cargo al ejercicio 2026. El pago restante se realizará previa justificación del coste total de ejecución antes del 31 de octubre de 2026.; El Ayuntamiento aporta el 75% del coste total del proyecto, con un tope de 26.385 €. Se permite un pago anticipado hasta el 75% y se requiere justificación documental del 100% del costo antes del 31 de octubre de 2026.; El máximo permitido en la partida de costes de personal es del 80% respecto al coste total del proyecto. No se podrán imputar gastos de inversión o de material inventariable.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones benéficas que prestan servicios en salud y bienestar social
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 75% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 20.000 €. El Ayuntamiento puede pagar un anticipo del 75% (15,000 €) con cargo al ejercicio 2026. El pago restante se realizará previa justificación del coste total de ejecución antes del 31 de octubre de 2026.; El Ayuntamiento aporta el 75% del coste total del proyecto, con un tope de 26.385 €. Se permite un pago anticipado hasta el 75% y se requiere justificación documental del 100% del costo antes del 31 de octubre de 2026.; El máximo permitido en la partida de costes de personal es del 80% respecto al coste total del proyecto. No se podrán imputar gastos de inversión o de material inventariable.. Presupuesto total: 20.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/10/2025. Fin: 30/11/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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