Convenio de colaboración entre el ayuntamiento y el centro cultural social Juan XXIII
Qué financia
Financiación de actividades de servicios sociales sin alojamiento
A quién va dirigida
Organizaciones benéficas y centros culturales que no realizan actividad económica
Requisitos
- Presentar documentación necesaria para la subscrición del convenio
- Cumplir los requisitos establecidos por las leyes de subvención
- Ser persona en exclusión severa o risco de exclusión social
- Residir en infravivenda, albergues o callejón
- Tener antecedentes penales o políticos
- Mujeres con cargas familiares o víctimas de violencia de género
- Personas mayores
- Minorías étnicas en proceso de deshabituación de sustancias aditivas
- Emigrantes e inmigrantes
- Refugiadas, tanto solicitan protección internacional como no
- Cumplir con las obligaciones establecidas en el convenio
- Presentar documentación específica como contrato de arrendamiento, modelos tributarios, pólizas de seguro, facturas detalladas, etc.
- Acreditar estar al corriente en cumplimiento de obligaciones tributarias y segurísticas
Gastos subvencionables
- Gastos necesarios para el mantenimiento y ejecución del programa
- Incluye alojamiento, alimentación, higiene personal, formación laboral, atención social, etc.
- Gastos de personal (salarios, cotizaciones a Seguridad Social, retenciones de IRPF)
- Alugueiro de oficinas o locales destinados a actividades del proyecto
- Seguros vinculados a la ejecución del proyecto
- Mantenimiento y conservación de equipos, mobiliario e instalaciones
- Material funcional y consumibles
- Mantenimiento y conservación de equipos e instalaciones
- Gastos de subministraciones corrientes no inventariables directamente vinculadas al proyecto
Documentación a presentar
- Contrato de trabajo formalizado para personal con contrato laboral
- Documentos de cotización a Seguridad Social (RLC y RNT)
- Modelo 111 correspondiente a retenciones practicadas por IRPF
- Factura desagregada del servicio prestado, con indicación expresa de la actividad realizada
- Copia del DNI de la persona prestadora del servicio
- Declaración responsable sobre el carácter esporádico de la actividad y cumplimiento de requisitos retributivos legales
- Contrato de arrendamiento formalizado
- Modelos tributarios 115 e 180 con justificantes de ingreso
- Póliza de seguro subscrita y relación de personas aseguradas
- Factura emitida por la entidad aseguradora
- Justificante del pago efectivo de la prima correspondiente
- Facturas detalladas de gastos subvencionables
- Nóminas o documentos xustificativos para gastos de personal
Condiciones económicas
La subvención se aplica a un programa específico para el mantenimiento del albergue Xoán XXIII y sus servicios. La entidade beneficiaria debe cubrir la diferencia restante con recursos propios o de otras fuentes compatibles.; El proyecto se ejecuta entre enero y diciembre de 2026 con un presupuesto total de 60.000 euros, que cubre gastos como personal, profesionales, subministraciones y servicios.; Los gastos deben estar relacionados directamente con la ejecución del proyecto o actividad subvencionada. Se requiere una justificación detallada de los gastos, incluyendo facturas y documentos equivalentes.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.