● Abierta · hasta 31/12/202660% del coste60.000 €

Convenio de colaboración entre el ayuntamiento y el centro cultural social Juan XXIII

LOCAL · SANTIAGO DE COMPOSTELA · AYUNTAMIENTO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA
Denominación oficial (BDNS): Convenio de colaboración entre el ayuntamiento de santiago de compostela y el centro cultural social juan xxiii de santiago 2026
Resumen: Es un acuerdo para servicios sociales promovidos por el ayuntamiento de Santiago de Compostela, dirigido a entidades sin ánimo de lucro.

Qué financia

Financiación de actividades de servicios sociales sin alojamiento

A quién va dirigida

Organizaciones benéficas y centros culturales que no realizan actividad económica

Requisitos

  • Presentar documentación necesaria para la subscrición del convenio
  • Cumplir los requisitos establecidos por las leyes de subvención
  • Ser persona en exclusión severa o risco de exclusión social
  • Residir en infravivenda, albergues o callejón
  • Tener antecedentes penales o políticos
  • Mujeres con cargas familiares o víctimas de violencia de género
  • Personas mayores
  • Minorías étnicas en proceso de deshabituación de sustancias aditivas
  • Emigrantes e inmigrantes
  • Refugiadas, tanto solicitan protección internacional como no
  • Cumplir con las obligaciones establecidas en el convenio
  • Presentar documentación específica como contrato de arrendamiento, modelos tributarios, pólizas de seguro, facturas detalladas, etc.
  • Acreditar estar al corriente en cumplimiento de obligaciones tributarias y segurísticas

Gastos subvencionables

  • Gastos necesarios para el mantenimiento y ejecución del programa
  • Incluye alojamiento, alimentación, higiene personal, formación laboral, atención social, etc.
  • Gastos de personal (salarios, cotizaciones a Seguridad Social, retenciones de IRPF)
  • Alugueiro de oficinas o locales destinados a actividades del proyecto
  • Seguros vinculados a la ejecución del proyecto
  • Mantenimiento y conservación de equipos, mobiliario e instalaciones
  • Material funcional y consumibles
  • Mantenimiento y conservación de equipos e instalaciones
  • Gastos de subministraciones corrientes no inventariables directamente vinculadas al proyecto

Documentación a presentar

  • Contrato de trabajo formalizado para personal con contrato laboral
  • Documentos de cotización a Seguridad Social (RLC y RNT)
  • Modelo 111 correspondiente a retenciones practicadas por IRPF
  • Factura desagregada del servicio prestado, con indicación expresa de la actividad realizada
  • Copia del DNI de la persona prestadora del servicio
  • Declaración responsable sobre el carácter esporádico de la actividad y cumplimiento de requisitos retributivos legales
  • Contrato de arrendamiento formalizado
  • Modelos tributarios 115 e 180 con justificantes de ingreso
  • Póliza de seguro subscrita y relación de personas aseguradas
  • Factura emitida por la entidad aseguradora
  • Justificante del pago efectivo de la prima correspondiente
  • Facturas detalladas de gastos subvencionables
  • Nóminas o documentos xustificativos para gastos de personal

Condiciones económicas

La subvención se aplica a un programa específico para el mantenimiento del albergue Xoán XXIII y sus servicios. La entidade beneficiaria debe cubrir la diferencia restante con recursos propios o de otras fuentes compatibles.; El proyecto se ejecuta entre enero y diciembre de 2026 con un presupuesto total de 60.000 euros, que cubre gastos como personal, profesionales, subministraciones y servicios.; Los gastos deben estar relacionados directamente con la ejecución del proyecto o actividad subvencionada. Se requiere una justificación detallada de los gastos, incluyendo facturas y documentos equivalentes.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones benéficas y centros culturales que no realizan actividad económica
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 60% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 60.000 €. La subvención se aplica a un programa específico para el mantenimiento del albergue Xoán XXIII y sus servicios. La entidade beneficiaria debe cubrir la diferencia restante con recursos propios o de otras fuentes compatibles.; El proyecto se ejecuta entre enero y diciembre de 2026 con un presupuesto total de 60.000 euros, que cubre gastos como personal, profesionales, subministraciones y servicios.; Los gastos deben estar relacionados directamente con la ejecución del proyecto o actividad subvencionada. Se requiere una justificación detallada de los gastos, incluyendo facturas y documentos equivalentes.. Presupuesto total: 60.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/01/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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