Convenio de colaboración para atención psicológica a víctimas de violencia de género en Galicia
Qué financia
Financia servicios psicológicos a mujeres víctimas de violencia de género, sus hijos y niñas menores de edad
A quién va dirigida
Organizaciones sin ánimo de lucro que prestan servicios sociales en Galicia
Requisitos
- Ser víctima de violencia de género o tener problemas de control de violencia en el ámbito familiar
- Cumplir con los requisitos específicos establecidos por la Consellería de Política Social e Igualdade
- No tener condena penal o medida judicial en materia de violencia de género/sexual
- Voluntariamente solicitar la incorporación al programa
- Presentar información trimestral y anual
- Realizar divulgación de las actividades subvencionables
- Facilitar toda la información requerida por organismos de fiscalización
- Usar la lengua galega en todas las actuaciones derivadas del convenio
- Cumplir con obligas tributarias y sociales
- Designar personas para coordinación de programas
- Garantizar que los psicólogos cumplan requisitos legales
Gastos subvencionables
- Desarrollo y ejecución de programas de atención psicológica especializada
- Consultas a realizar: 60 €/sesión
- Asistencia domiciliaria urxente en caso de morte por violencia de xénero: 60 €/hora, ata un máximo de 480 € por día (8 horas)
- Asistencia oral en xuízo: 150 €/xuízo
- Gastos de desprazamento a 0,26 € o quilómetro
- Desarrollo de actividades según el convenio
- Realización de informes trimestrales y anuales
- Divulgación de las actividades subvencionables
Documentación a presentar
- Memoria de actuación subscrita pelo órgano competente
- Certificación expedida polo órgano competente do Colexio Oficial de Psicoloxía de Galicia
- Facturas, nóminas ou documentos de valor probatorio equivalente no tráfico xurídico mercantil
Condiciones económicas
La subvención se otorga directamente sin promoción de concurrencia pública debido al carácter singular y de interés público, social y humanitario del programa. No se especifica un importe máximo simple.; El número máximo de sesiones terapéuticas es 10 para mujeres y 5 para sus familiares, con posibilidad de ampliación previa valoración individual. Los gastos se financian hasta ciertos límites por programa.; La subvención se basa en la realización de actividades específicas sin un importe máximo fijo. Se requiere presentar informes trimestrales y anuales con datos detallados sobre el funcionamiento del programa.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.