Convenio de colaboración para atención psicológica, social y educativa familiar
Qué financia
Financia la prestación de servicios psicológicos, sociales y educativos familiares
A quién va dirigida
Organizaciones no gubernamentales que trabajan en el ámbito social y familiar
Requisitos
- Facilitar el inmueble para la ubicación del servicio
- Prestar atención psicológica, social y educativa familiar a mujeres víctimas de violencia de género y sus hijos e hijas
- Cumplimentar y remitir al Instituto Aragonés de la Mujer registros de información sobre el servicio
- Publicidad adecuada de las actuaciones con la colaboración del Instituto Aragonés de la Mujer
- Nombrar una persona responsable de la organización y coordinación de las actuaciones
- Facilitar asistencia a reuniones periódicas de profesionales
- Conservar documentación e información relativa a las actuaciones subvencionadas durante cuatro años
- Cumplir con el Manual de Identidad Visual Corporativa del Gobierno de Aragón
- Hacer constar en la publicidad la colaboración institucional
- Aprobar y aportar modificaciones al Plan de Racionalización del gasto corriente
- Estar al día en obligaciones de rendir cuentas, racionalización del gasto y presentación de planes económico-financieros
- Cumplir con la legislación medioambiental, transparencia, igualdad entre hombres y mujeres, derechos LGTBI, discapacidad y empleo inclusivo
- Documentación detallada sobre tipos de violencia sufrida
- Número de personas atendidas separadas por nacionalidad
Gastos subvencionables
- Contratación de servicios por importe superior a 5.000 € (considerados gastos menores)
- Nóminas y gastos de seguridad social
- Gastos de desplazamiento (0,26 €/km)
- Gastos de manutención (37,40 €/día)
- Gastos de alojamiento (65,70 €/día)
Criterios de valoración
- Justificación precisa de los gastos derivados del servicio prestado
- Cumplimiento de requisitos legales y normativas aplicables
Documentación a presentar
- Certificación expedida por el Secretario/a-Interventor/a de la entidad
- Índice numerado de documentos justificativos imputables a la subvención
- Recibos de gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento
- Certificación de gastos realizados y estimados
- Justificación detallada de los gastos con facturas y recibos
- Informes sobre la atención prestada a mujeres víctimas de violencia
Condiciones económicas
La subvención es directa, posiblemente cofinanciada y su importe está condicionado a la disponibilidad presupuestaria. Los servicios se prestan al menos 3 horas por semana.; El 20% restante del gasto debe ser aportado por la comarca. Los gastos deben estar relacionados con servicios de atención psicológica, social y educativa familiar.; Los gastos deben cumplir con la normativa vigente para indemnizaciones del personal administrativo. Se requiere justificación detallada de los gastos, incluyendo facturas y recibos.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.