Convenio de colaboración para atención psicológica, social y educativa familiar
Qué financia
Financia la prestación de servicios psicológicos, sociales y educativos familiares.
A quién va dirigida
Organizaciones no económicas que brindan atención social y familiar.
Requisitos
- Facilitar inmueble adecuadamente equipado
- Prestar servicio de atención psicológica por profesional con Licenciatura o Grado en Psicología, al menos 5 horas por semana
- Prestar servicios de atención social y educativa familiar por profesionales especializados, al menos 8,82 horas por semana
- Cumplimentar y remitir registros de información del servicio
- Publicidad de las actuaciones con la colaboración del Instituto Aragonés de la Mujer
- Nombrar una persona responsable de la organización y coordinación de las actuaciones
- Facilitar asistencia a reuniones periódicas de profesionales
- Conservar documentación e información durante 4 años
- Cumplimentar un formulario en la dirección https://www.aragon.es/imagen-corporativa para solicitar el informe de la Comisión de Comunicación Institucional.
- Enviar una prueba por correo electrónico a comisióndecomunicacion@aragon.es para verificar que se adecúa al Manual de Identidad Visual Corporativa del Gobierno de Aragón.
- Trasladar la solicitud y los materiales utilizados a través del correo electrónico vicepresidencia@aragon.es con el Gabinete del Departamento de Presidencia, Justicia y Cultura para su revisión.
- Atención psicológica, social y educativa familiar a mujeres víctimas de violencia
- Datos específicos sobre la cantidad de mujeres atendidas (mayores y menores)
- Tipo de violencia sufrida por las mujeres
- Datos sobre discapacidades
Gastos subvencionables
- Inmueble adecuadamente equipado con material bibliográfico, informático y sala para actividades
- Personal especializado en atención psicológica, social y educativa familiar
- Contratación de servicios hasta 5.000 € IVA excluido
- Nóminas y gastos de seguridad social
- Recibos de gastos de desplazamiento (0,26 €/km)
- Gastos de manutención (37,40 €/día)
- Gastos de alojamiento (65,70 €/día)
- Gastos imputados realizados y pagados para la ejecución del convenio
- Horas dedicadas al objeto e imputación de costes del Convenio en relación con el personal profesional
Documentación a presentar
- Registro de información del servicio de atención psicológica y social y educativa a las mujeres y sus hijos e hijas
- Memoria de seguimiento anual
- Informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional para uso del identificador corporativo
- Certificación expedida como Anexo II por el Secretario/a-Interventor/a de la entidad
- Índice numerado de los documentos justificativos imputables a la subvención, incluyendo relación de contratos realizados para la prestación del servicio
- Certificación de gastos (hasta el 31 de diciembre)
- Informe estimativo de justificación de gastos para la prestación del servicio
- Anexos II, III y IV con detalles sobre los gastos imputados y las horas dedicadas
Condiciones económicas
El servicio se presta gratuitamente por el personal especializado, sin tope máximo establecido en la subvención. La comarca puede contratar servicios de hasta 5.000 € IVA excluido como gastos menores.; El importe total de la subvención es de 40.905,28 €. Los gastos justificables incluyen nóminas, seguridad social, desplazamiento (0,26 €/km), manutención (37,40 €/día) y alojamiento (65,70 €/día).; El servicio se prestará a los hijos/as de las víctimas de violencia hasta los 23 años. Los gastos imputados deben estar justificados y no superar el coste total de la actividad.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.