Convenio de colaboración para atención psicológica, social y educativa familiar en Aranda
Qué financia
Financia la prestación de servicios psicológicos, sociales y educativos familiares
A quién va dirigida
Organizaciones benéficas o asociaciones que trabajen en el ámbito social familiar
Requisitos
- Facilitar el inmueble para la ubicación del servicio
- Prestar servicios de atención psicológica, social y educativa familiar por profesionales calificados
- Cumplimentar y remitir registros e informes al Instituto Aragonés de la Mujer
- Publicidad adecuada en todas las actuaciones
- Nombrar una persona responsable para la organización y coordinación de actividades
- Facilitar asistencia a reuniones periódicas de profesionales
- Conservar documentación e información durante cuatro años
- Cumplimentar un formulario en la dirección https://www.aragon.es/imagen-corporativa
- Enviar una prueba por correo electrónico a comisióndecomunicacion@aragon.es para verificar el Manual de Identidad Visual Corporativa del Gobierno de Aragón
- Trasladar la solicitud y materiales al Gabinete del Departamento de Presidencia, Justicia y Cultura mediante vicepresidencia@aragon.es
- Conservar toda la documentación e información relativa a las actuaciones subvencionadas durante cuatro años
- Aprobar y presentar el Plan de Racionalización del gasto corriente
- Estar al día en la obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón
- Cumplir con la legislación medioambiental, de transparencia, igualdad entre hombres y mujeres, derechos de las personas LGTBI, etc.
- Ser mujer víctima de violencia de género o cualquier tipo de violencia por género, según las leyes mencionadas
- Atención a hijos e hijas de víctimas de violencia
- Presentar datos específicos sobre la cantidad y tipos de mujeres atendidas
Gastos subvencionables
- Inmueble para la ubicación del servicio
- Personal especializado (psicólogo, trabajador social, educador social)
- Material bibliográfico e informático
- Local o sala adecuado para actividades
- Contratos de servicios superiores a 5.000 €
- Nóminas y gastos de seguridad social
- Recibos de gastos de desplazamiento (0.26 €/km)
- Gastos de manutención (37.40 €/día)
- Dieta por alojamiento (65.70 €/día)
- Gastos realizados para la ejecución del convenio desde el 1 de enero hasta el final del año calendario
- Incluir conceptos como personal profesional, horas dedicadas, imputación de costes y cumplimiento normativo
Documentación a presentar
- Registro de información del servicio
- Memoria de seguimiento anual
- Solicitudes y materiales utilizados en la publicidad
- Contratos de servicios superiores a 5.000 €
- Certificación expedida como Anexo II por el Secretario/a-Interventor/a de la entidad
- Índice numerado de los documentos justificativos imputables a la subvención
- Recibos de gastos de desplazamiento, manutención y/o alojamiento
- Certificación de gastos realizados y pagados
- Informe estimativo de justificación de gastos para la prestación del servicio
- Horas dedicadas al objeto e imputación de costes del Convenio por profesional
- Acuerdo de encargo de tratamiento de datos
Condiciones económicas
La subvención es directa, posiblemente cofinanciada y su importe está condicionado a la disponibilidad presupuestaria. Los gastos superiores a 5.000 € están sujetos al régimen de contratos menores.; Los gastos superiores a 5.000 € requieren consulta previa o licitación pública. Los contratos menores de 5.000 € se consideran gastos menores.; Los gastos imputados deben cumplir con la finalidad del convenio, no superar el coste total de la actividad y reflejarse en la contabilidad. Se requiere justificación económica detallada.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.