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Convenio de colaboración para atención psicológica, social y educativa familiar en Aranda

AUTONOMICA · ARAGÓN · INSTITUTO ARAGONÉS DE LA MUJER (IAM)
Denominación oficial (BDNS): Convenio de colaboración entre el instituto aragonés de la mujer y la comarca de aranda para la prestación del servicio de atención psicológica, social y educativa familiar
Resumen: Este convenio establece una colaboración entre el Instituto Aragonés de la Mujer y la Comarca de Aranda para brindar servicios sociales a familias. Está dirigido a entidades sin ánimo de lucro que no desarrollan actividad económica.

Qué financia

Financia la prestación de servicios psicológicos, sociales y educativos familiares

A quién va dirigida

Organizaciones benéficas o asociaciones que trabajen en el ámbito social familiar

Requisitos

  • Facilitar el inmueble para la ubicación del servicio
  • Prestar servicios de atención psicológica, social y educativa familiar por profesionales calificados
  • Cumplimentar y remitir registros e informes al Instituto Aragonés de la Mujer
  • Publicidad adecuada en todas las actuaciones
  • Nombrar una persona responsable para la organización y coordinación de actividades
  • Facilitar asistencia a reuniones periódicas de profesionales
  • Conservar documentación e información durante cuatro años
  • Cumplimentar un formulario en la dirección https://www.aragon.es/imagen-corporativa
  • Enviar una prueba por correo electrónico a comisióndecomunicacion@aragon.es para verificar el Manual de Identidad Visual Corporativa del Gobierno de Aragón
  • Trasladar la solicitud y materiales al Gabinete del Departamento de Presidencia, Justicia y Cultura mediante vicepresidencia@aragon.es
  • Conservar toda la documentación e información relativa a las actuaciones subvencionadas durante cuatro años
  • Aprobar y presentar el Plan de Racionalización del gasto corriente
  • Estar al día en la obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón
  • Cumplir con la legislación medioambiental, de transparencia, igualdad entre hombres y mujeres, derechos de las personas LGTBI, etc.
  • Ser mujer víctima de violencia de género o cualquier tipo de violencia por género, según las leyes mencionadas
  • Atención a hijos e hijas de víctimas de violencia
  • Presentar datos específicos sobre la cantidad y tipos de mujeres atendidas

Gastos subvencionables

  • Inmueble para la ubicación del servicio
  • Personal especializado (psicólogo, trabajador social, educador social)
  • Material bibliográfico e informático
  • Local o sala adecuado para actividades
  • Contratos de servicios superiores a 5.000 €
  • Nóminas y gastos de seguridad social
  • Recibos de gastos de desplazamiento (0.26 €/km)
  • Gastos de manutención (37.40 €/día)
  • Dieta por alojamiento (65.70 €/día)
  • Gastos realizados para la ejecución del convenio desde el 1 de enero hasta el final del año calendario
  • Incluir conceptos como personal profesional, horas dedicadas, imputación de costes y cumplimiento normativo

Documentación a presentar

  • Registro de información del servicio
  • Memoria de seguimiento anual
  • Solicitudes y materiales utilizados en la publicidad
  • Contratos de servicios superiores a 5.000 €
  • Certificación expedida como Anexo II por el Secretario/a-Interventor/a de la entidad
  • Índice numerado de los documentos justificativos imputables a la subvención
  • Recibos de gastos de desplazamiento, manutención y/o alojamiento
  • Certificación de gastos realizados y pagados
  • Informe estimativo de justificación de gastos para la prestación del servicio
  • Horas dedicadas al objeto e imputación de costes del Convenio por profesional
  • Acuerdo de encargo de tratamiento de datos

Condiciones económicas

La subvención es directa, posiblemente cofinanciada y su importe está condicionado a la disponibilidad presupuestaria. Los gastos superiores a 5.000 € están sujetos al régimen de contratos menores.; Los gastos superiores a 5.000 € requieren consulta previa o licitación pública. Los contratos menores de 5.000 € se consideran gastos menores.; Los gastos imputados deben cumplir con la finalidad del convenio, no superar el coste total de la actividad y reflejarse en la contabilidad. Se requiere justificación económica detallada.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones benéficas o asociaciones que trabajen en el ámbito social familiar
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 80% del coste subvencionable. La subvención es directa, posiblemente cofinanciada y su importe está condicionado a la disponibilidad presupuestaria. Los gastos superiores a 5.000 € están sujetos al régimen de contratos menores.; Los gastos superiores a 5.000 € requieren consulta previa o licitación pública. Los contratos menores de 5.000 € se consideran gastos menores.; Los gastos imputados deben cumplir con la finalidad del convenio, no superar el coste total de la actividad y reflejarse en la contabilidad. Se requiere justificación económica detallada.. Presupuesto total: 19.801 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/01/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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