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Convenio de colaboración para fomentar deportes minoritarios en Torrejón de Ardoz

LOCAL · TORREJÓN DE ARDOZ · AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ
Denominación oficial (BDNS): Convenio de colaboración entre el ayuntamiento de torrejón de ardoz y el cd parque de cataluña en materia fomento de actividades deportivas minoritarias y difusion de la imagen deportiva del municipio año 2026
Resumen: Es un acuerdo entre el ayuntamiento y una entidad parque que busca promover actividades deportivas menos conocidas y mejorar la imagen del municipio. Está dirigido a entidades sin ánimo de lucro.

Qué financia

Fomento de actividades deportivas minoritarias y difusión de la imagen deportiva del municipio

A quién va dirigida

Entidades sin ánimo de lucro que trabajen en el ámbito deportivo

Requisitos

  • Presentar Certificado de Titularidad bancaria
  • Cumplir las especificaciones dictadas por el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz y su Concejalía de Deportes
  • Incluir el logotipo oficial del Ayuntamiento en la camiseta de juego del primer equipo
  • Organizar al menos un torneo anual de prestigio
  • Documentación justificativa emitida por personas o entidades no vinculadas al beneficiario, salvo autorización del centro gestor.

Gastos subvencionables

  • Gastos establecidos por el desarrollo de la actividad deportiva del club en todas sus categorías
  • Publicidad de las competiciones
  • Seguridad privada derivada de la celebración de grandes eventos
  • Vestuario deportivo
  • Federativos: licencias, seguros, canon de participación, arbitrajes y otros
  • Transporte, alojamiento y manutención con motivo de la asistencia a competiciones
  • Seguros de responsabilidad civil
  • Asesoramiento jurídico
  • Fisioterapia o masajista deportivo, externos al club
  • Productos farmacéuticos y ortopédicos
  • Retribuciones de personal
  • Todos aquellos gastos inherentes o consecuencias al desarrollo de las competiciones

Documentación a presentar

  • Memoria detallada de la realización de las actuaciones y actividades objeto del convenio
  • Declaración responsable expedida por los beneficiarios
  • Cuenta justificativa de los gastos realizados
  • Facturas, recibos, nóminas y demás justificantes de gastos producidos

Condiciones económicas

El pago se realizará en un único plazo durante mayo de 2026, con carácter anticipado y según el artículo 34.4 de la Ley General de Subvenciones.; Los documentos deben estar estampillados por la entidad a través de la Sede Electrónica Municipal. Los gastos superiores a 1.000 € no pueden ser abonados en metálico, y aquellos superiores a 3.005 € deberán presentar el Modelo 347.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Entidades sin ánimo de lucro que trabajen en el ámbito deportivo
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 24.000 €. El pago se realizará en un único plazo durante mayo de 2026, con carácter anticipado y según el artículo 34.4 de la Ley General de Subvenciones.; Los documentos deben estar estampillados por la entidad a través de la Sede Electrónica Municipal. Los gastos superiores a 1.000 € no pueden ser abonados en metálico, y aquellos superiores a 3.005 € deberán presentar el Modelo 347.. Presupuesto total: 24.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: NO EXISTE PLAZO. Fin: NO EXISTE PLAZO.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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