Convenio de colaboración para la organización de FINE, año 2026
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Denominación oficial (BDNS): Decreto de Presidencia nº 2287/26 de fecha 4 de mayo, por el que se aprueba el Convenio de colaboración con el Instituto Ferial de Castilla y León para la organización de FINE, año 2026.
Resumen: Es un convenio entre la Diputación Provincial de Valladolid y el Instituto Ferial de Castilla y León que financía actividades relacionadas con agricultura, ganadería, silvicultura y pesca.
Qué financia
Financia la organización del evento FINE (Feria Internacional de Negocios Agrícolas) en el año 2026
A quién va dirigida
Organizaciones sin ánimo de lucro que trabajen en agricultura, ganadería, silvicultura y pesca
Gastos subvencionables
Los costes de desplazamiento y alojamiento de los ponentes de BEFINE
Gastos derivados del espacio BEFINE, tales como: welcome pack, difusión de la feria, visibilidad en señalética, app y soportes de comunicación, traducción simultánea, intérpretes, audiovisuales, azafatas y adecuación del espacio.
Gastos derivados de la visita de los compradores y operadores a la provincia de Valladolid, tales como, desplazamiento, guías turísticos y entradas a los recursos turísticos.
Documentación a presentar
Memoria de las actuaciones realizadas que incluya un balance final de ingresos y gastos.
Relación de los gastos efectuados a financiar con el presente convenio, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago.
Las facturas y/u otros documentos justificativos del gasto.
Declaración indicando que no se han recibido otras cantidades para financiar el objeto del convenio.
Condiciones económicas
Los gastos de manutención y estancia están limitados por las cuantías establecidas para el grupo 2 del Real Decreto 462/2002, sobre indemnizaciones por razón de servicio.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones sin ánimo de lucro que trabajen en agricultura, ganadería, silvicultura y pesca
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 30.000 €. Los gastos de manutención y estancia están limitados por las cuantías establecidas para el grupo 2 del Real Decreto 462/2002, sobre indemnizaciones por razón de servicio.. Presupuesto total: 30.000 €
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