Convenio de la ciudad de Ceuta para entidades culturales
Qué financia
Financia actividades culturales y asociativas en la ciudad de Ceuta.
A quién va dirigida
Organizaciones culturales, hermandades y cofradias que no realizan actividad económica.
Requisitos
- La entidad beneficiaria debe comunicar cualquier cambio que se produzca en las actividades descritas.
- Justificantes de gasto con facturas originales o copias compulsadas
- Extractos bancarios correspondientes a las operaciones justificadas
- Declaración responsable de la adquisición de material inventariable
- Carta de pago de devolución si no se han gastado todos los fondos subvencionados
Gastos subvencionables
- Adquisición de enseres
- Restauración de enseres
- Publicaciones y trabajos de imprenta
- Adquisición de cera y flores
- Gastos de funcionamiento del Consejo (publicaciones, correspondencia, página web, telefonía, auditoría externa, suministros, póliza de seguros)
- Premios del concurso de cartel de semana santa, belenes y actividades promocionales
- Gastos menores de mantenimiento de la actividad propia del Consejo
- Renovación de elementos fijos de la carrera oficial
- Financiación de las salidas procesionales de todas las Hermandades y Cofradías durante la Semana Santa
- Adquisición de material inventariable
- Gastos de actividades subvencionadas por la Ciudad
- Desplazamientos y alojamiento para eventos subvencionados
- Edición o impresión de material divulgativo o publicaciones
Criterios de valoración
- Naturaleza de la actividad subvencionada
- Estricta necesidad del gasto
- Realización dentro del plazo establecido
- Presupuesto previo en el proyecto fiscalizado por Intervención
- Criterios de eficiencia y economía para elección entre ofertas
Documentación a presentar
- Escrito de rendición de cuentas (Anexo I)
- Memoria Técnica de actuaciones
- Relación de los bienes inventariables afectos a la subvención
- Listado de usuarios que han participado en las actividades
- Certificado de la Memoria económica y relación clasificada de gastos e inversiones (Anexo III)
- Liquidación de dietas y gastos de desplazamiento (Anexo IV)
- Relación clasificada de personal imputados al proyecto (Anexo V)
- Declaración responsable de la adquisición de material inventariable con cargo a la subvención (Anexo VI)
- Facturas originales o copias compulsadas
- Extractos bancarios correspondientes a las operaciones justificadas
- Declaración responsable de la adquisición de material inventariable
- Carta de pago de devolución
Condiciones económicas
El pago se realizará en un solo abono a la firma del convenio, con crédito suficiente en el Presupuesto de la Ciudad Autónoma 2026.; Los gastos deben estar presupuestados previamente en el proyecto fiscalizado por Intervención. Los gastos superiores a 6.000 € deben tener al menos tres ofertas de proveedores, salvo excepciones. Se excluyen los gastos de gestión y coordinación, así como aquellos que no correspondan a actividades efectivamente realizadas.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.