Convenio entre la Ciudad de Ceuta y la Comunidad Israelita para promover cultura
Qué financia
Financia proyectos culturales y asociativos en Ceuta.
A quién va dirigida
Entidades culturales, organizaciones religiosas o sociales que no realizan actividades económicas.
Requisitos
- La entidad beneficiaria se compromete a destinar la cantidad subvencionada al objeto del presente convenio, realizando de forma efectiva las actividades descritas
- Justificar el empleo dado a la subvención
- Aceptar las actuaciones de comprobación que realice la Ciudad Autónoma
- Poner en conocimiento del órgano concedente la obtención de cualesquiera otras subvenciones, públicas o privadas, que incidan sobre la misma actividad subvencionada
- Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y sociales
- La entidad beneficiaria debe solicitar la subvención previa petición por parte de la misma, avalada por un informe técnico expresando la obligatoriedad del gasto y conformado previamente por Intervención.
- Los gastos deben cumplir requisitos de facturación específicos.
Gastos subvencionables
- Mantenimiento y conservación de la Sinagoga
- Asuntos religiosos (nómina Rabino)
- Actividades culturales (nóminas profesor monitor, secretaria)
- Mantenimiento cementerio Hebreo
- Mantenimiento sinagoga (nominas limpiadora)
- Mantenimiento del ascensor
- Puertas zona baja dependencias sinagoga
- Instalación de aire acondicionado del Templo/Sras
- Video vigilancia y seguridad Trablisa
- Auditoría, seguridad del cementerio (Securitas direct)
- Jornadas y conferencias fuera de la ciudad
- Suministro de gasolina de vehículos, ITV, gastos de mantenimiento, averías, etc. propiedad de la entidad.
- Edición o impresión de material divulgativo o publicaciones con cargo al proyecto.
Documentación a presentar
- Escrito de rendición de cuentas
- Memoria Técnica de actuaciones
- Relación de los bienes inventariables que posee la asociación y que se encuentran afectos a la subvención
- Listado de usuarios que han participado de las distintas actividades
- Certificado de la Memoria económica por la Entidad beneficiaria y relación clasificada de gastos e inversiones
- Liquidación de dietas y gastos de desplazamiento
- Relación clasificada de personal imputados al proyecto
- Declaración responsable de la adquisición de material inventariable con cargo a la subvención
- Justificantes de gasto de la actividad subvencionada por la Ciudad
- Justificantes de pago, todos los justificantes de pago que se presenten, deberán ir unidos a su extracto bancario correspondiente a la operación justificada
- Carta de pago de devolución
- Facturas originales o fotocopias compulsadas con estampilla
- Recibí en caso de pago en metálico inferior a 100€
- Copia del resguardo del cargo de la transferencia bancaria
- Fotocopia del cheque y copia del extracto bancario
- Adeudo bancario y extracto de la cuenta corriente donde figure el cargo domiciliado
- Resguardo del pago con tarjeta y extracto de la cuenta donde se haya realizado el cargo del pago.
- Relación anual del material inventariable adquirido.
Condiciones económicas
La subvención se abonará trimestralmente (40,000 € por trimestre). La Comunidad Israelita de Ceuta debe justificar el empleo del dinero y presentar una memoria anualizada.; Los gastos subvencionables se justifican mediante facturas originales o fotocopias compulsadas con estampilla. Los gastos deben cumplir requisitos de facturación específicos y presentarse anualmente una relación del material inventariable adquirido.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.