160.000 €

Convenio entre la Ciudad de Ceuta y la Comunidad Israelita para promover cultura

AUTONOMICA · CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA · CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y JUVENTUD
Denominación oficial (BDNS): Convenio de la ciudad de ceuta y la entidad cultural "comunidad israelita de ceuta".
Resumen: Es un convenio que financía actividades culturales en Ceuta. Está dirigido a entidades sin ánimo de lucro.

Qué financia

Financia proyectos culturales y asociativos en Ceuta.

A quién va dirigida

Entidades culturales, organizaciones religiosas o sociales que no realizan actividades económicas.

Requisitos

  • La entidad beneficiaria se compromete a destinar la cantidad subvencionada al objeto del presente convenio, realizando de forma efectiva las actividades descritas
  • Justificar el empleo dado a la subvención
  • Aceptar las actuaciones de comprobación que realice la Ciudad Autónoma
  • Poner en conocimiento del órgano concedente la obtención de cualesquiera otras subvenciones, públicas o privadas, que incidan sobre la misma actividad subvencionada
  • Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y sociales
  • La entidad beneficiaria debe solicitar la subvención previa petición por parte de la misma, avalada por un informe técnico expresando la obligatoriedad del gasto y conformado previamente por Intervención.
  • Los gastos deben cumplir requisitos de facturación específicos.

Gastos subvencionables

  • Mantenimiento y conservación de la Sinagoga
  • Asuntos religiosos (nómina Rabino)
  • Actividades culturales (nóminas profesor monitor, secretaria)
  • Mantenimiento cementerio Hebreo
  • Mantenimiento sinagoga (nominas limpiadora)
  • Mantenimiento del ascensor
  • Puertas zona baja dependencias sinagoga
  • Instalación de aire acondicionado del Templo/Sras
  • Video vigilancia y seguridad Trablisa
  • Auditoría, seguridad del cementerio (Securitas direct)
  • Jornadas y conferencias fuera de la ciudad
  • Suministro de gasolina de vehículos, ITV, gastos de mantenimiento, averías, etc. propiedad de la entidad.
  • Edición o impresión de material divulgativo o publicaciones con cargo al proyecto.

Documentación a presentar

  • Escrito de rendición de cuentas
  • Memoria Técnica de actuaciones
  • Relación de los bienes inventariables que posee la asociación y que se encuentran afectos a la subvención
  • Listado de usuarios que han participado de las distintas actividades
  • Certificado de la Memoria económica por la Entidad beneficiaria y relación clasificada de gastos e inversiones
  • Liquidación de dietas y gastos de desplazamiento
  • Relación clasificada de personal imputados al proyecto
  • Declaración responsable de la adquisición de material inventariable con cargo a la subvención
  • Justificantes de gasto de la actividad subvencionada por la Ciudad
  • Justificantes de pago, todos los justificantes de pago que se presenten, deberán ir unidos a su extracto bancario correspondiente a la operación justificada
  • Carta de pago de devolución
  • Facturas originales o fotocopias compulsadas con estampilla
  • Recibí en caso de pago en metálico inferior a 100€
  • Copia del resguardo del cargo de la transferencia bancaria
  • Fotocopia del cheque y copia del extracto bancario
  • Adeudo bancario y extracto de la cuenta corriente donde figure el cargo domiciliado
  • Resguardo del pago con tarjeta y extracto de la cuenta donde se haya realizado el cargo del pago.
  • Relación anual del material inventariable adquirido.

Condiciones económicas

La subvención se abonará trimestralmente (40,000 € por trimestre). La Comunidad Israelita de Ceuta debe justificar el empleo del dinero y presentar una memoria anualizada.; Los gastos subvencionables se justifican mediante facturas originales o fotocopias compulsadas con estampilla. Los gastos deben cumplir requisitos de facturación específicos y presentarse anualmente una relación del material inventariable adquirido.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Entidades culturales, organizaciones religiosas o sociales que no realizan actividades económicas.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 160,000 €. La subvención se abonará trimestralmente (40,000 € por trimestre). La Comunidad Israelita de Ceuta debe justificar el empleo del dinero y presentar una memoria anualizada.; Los gastos subvencionables se justifican mediante facturas originales o fotocopias compulsadas con estampilla. Los gastos deben cumplir requisitos de facturación específicos y presentarse anualmente una relación del material inventariable adquirido.. Presupuesto total: 160.000 €

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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