Convenio Hermandad Ntra. Señora Virgen de la Herrería
Qué financia
Financiación para proyectos culturales relacionados con la hermandad Ntra. Señora Virgen de la Herrería
A quién va dirigida
Entidades sin ánimo de lucro que trabajan en el sector sanitario o de servicios sociales
Requisitos
- Estar al corriente en el pago de obligaciones con AEAT, Administración municipal y Seguridad Social
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria
- Acreditar estar al corriente en pagos con AEAT, Administración municipal y Seguridad Social
- Presentar certificado de titularidad de cuenta bancaria
- Justificar el cumplimiento de requisitos y condiciones del convenio
- Acta de nombramiento del Secretario
- Escritura de Constitución acreditada en el Registro correspondiente
- Estatutos inscritos
- Declaración de estar al corriente con obligaciones tributarias y seguridad social
- Declaración de exención de responsabilidad
- Declaración de no haber recibido subvenciones concurrentes
- Autorización para consulta documentación, Agencia Tributaria y Seguridad Social
Gastos subvencionables
- Gastos realizados para el desarrollo de las actividades que se realizan entorno a las fiestas relacionadas con La Virgen de la Herrería.
- Actividades recogidas en el convenio
Documentación a presentar
- Certificado acreditativo de estar al corriente en el pago de obligaciones con AEAT, Administración municipal y Seguridad Social
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria correspondiente
- Certificado acreditativo de estar al corriente en pagos
- Certificado de titularidad de cuenta bancaria
- Facturas originales emitidas a nombre del colectivo u asociación benefactora
- Justificación de la subvención
- Memoria de actividades de la asociación
- Declaración jurada de cumplimiento tributario y seguridad social
- Declaración jurada de no recibir subvenciones por el mismo concepto de otro organismo público
- Memoria económica detallando la finalidad del gasto justificado mediante las facturas presentadas
Condiciones económicas
El importe es máximo; se permite un pago anticipado del 50% con justificación posterior; el pago debe ser mediante transferencia bancaria.; El importe es máximo, con posibilidad de anticipo del 50% y justificación total para liberar el resto. El pago se realiza tras la aprobación de la cuenta justificativa.; El proceso incluye una reunión previa para comprobar la documentación justificativa, y se requiere que las facturas estén a nombre del colectivo u asociación benefactora. Las solicitudes se evalúan por los técnicos municipales y luego en la Junta de Gobierno Local.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.