Convenio IAM-Arabo para acciones formativas y prevención de violencia de género
Qué financia
Financia acciones formativas y campañas de prevención y sensibilización de la violencia de género
A quién va dirigida
Organizaciones sin ánimo de lucro, asociaciones y entidades dedicadas a servicios sociales que operen en Aragón
Requisitos
- Formación dirigida a profesionales y otros colectivos de la comarca
- Contenido sobre materias propias de la violencia de género en cualquiera de sus formas
- Finalidad proporcionar herramientas para entender el fenómeno estructural de la violencia de género y poner fin a los estereotipos
- Formación presencial o on-line según circunstancias
- Difusión máxima de las formaciones mediante carteles, póster, folletos...
- Campañas dirigidas a sensibilizar sobre el daño que produce la desigualdad y conductas violentas
- Contenido de campañas sobre violencia sexual, difusión de información sobre derechos, potenciación de relaciones saludables, igualdad y respeto
- Cumplimentar y remitir al Instituto Aragonés de la Mujer la ficha técnica de justificación del proyecto de acción formativa o campaña
- Cumplimentar y remitir la ficha técnica de Justificación de Proyecto de acción formativa o campaña
- Publicidad que haga constar la financiación derivada del Pacto de Estado contra la Violencia de Género
- Nombrar una persona responsable de la organización y coordinación de las actuaciones relacionadas con mujer
- Cumplir con el artículo 77.2 de la Ley 11/2023 sobre contratación pública
- Aprobar y aportar modificaciones del Plan de Racionalización del gasto corriente
- Autorizar al Instituto Aragonés de la Mujer para recabar certificados de pago de tributos y otras deudas
- Rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón
- Acreditar el cumplimiento de legislación medioambiental, transparencia y otros requisitos normativos
- Presentar justificación económica con fecha límite el 6 de noviembre de 2026
- Certificar gastos realizados y estimados para la ejecución del Convenio de Colaboración
- No recibir otras subvenciones, ayudas o recursos que superen el coste total de la actividad
- Reflejar en la contabilidad el ingreso correspondiente a la subvención
- Cumplir con la normativa aplicable en materia de contratación
- Presentar certificados de estar al corriente de pago de tributos y obligaciones legales
Gastos subvencionables
- Nóminas y gastos de seguridad social
- Material imprescindible para la formación
- Desplazamientos (hasta 0,26 €/km)
- Manutención (37,40 €/día)
- Alojamiento (65,70 €/día)
- Contratos de servicios menores a 5.000 euros IVA excluido
- Facturas y recibos justificativos
- Gastos realizados para la ejecución del Convenio de Colaboración
- Gastos estimados que no se han podido justificar a fecha actual pero cuyo abono se prevé realizar hasta el 31 de diciembre de 2026
Criterios de valoración
- Perspectiva de igualdad en todas las acciones
- Dentro de la lucha contra la violencia de género contra las mujeres, en cualquiera de sus formas
Documentación a presentar
- Ficha técnica de Justificación de Proyecto de acción formativa o campaña
- Certificación expedida por el Secretario/a-Interventor/a de la entidad
- Boletines de cotización y justificante del pago de nóminas
- Recibos de gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento
- Copia legible autenticada del contrato de servicios
- Facturas firmadas y selladas con los honorarios de profesionales
- Recibos bancarios justificativo del abono de cantidades
- Certificación de gastos
- Informe estimativo de justificación de gastos para la realización de acciones formativas y campañas en materia de prevención y sensibilización de la violencia de género
- Segunda justificación económica con fecha límite el 26 de febrero de 2027
Condiciones económicas
Subvención directa con carácter excepcional, acreditadas razones de interés público, social, económico o humanitario. La subvención se otorgará mediante resolución del departamento competente o convenio previa acreditación técnica.; El gasto máximo por km de desplazamiento es 0,26 €; por día de manutención (comida y cena) es 37,40 €; y por alojamiento es 65,70 €. Los contratos menores a 5.000 euros IVA excluido se consideran gastos menores.; Los gastos imputados deben estar dentro del presupuesto establecido en el Convenio de Colaboración. Se requiere presentar la certificación de gastos hasta el 31 de diciembre y una segunda justificativa económica con fecha límite el 26 de febrero de 2027.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.