Convenio para acciones formativas contra la violencia de género en Aragón
Qué financia
Financia acciones formativas y campañas para prevenir y sensibilizar sobre la violencia de género
A quién va dirigida
Organizaciones no gubernamentales, asociaciones y centros que trabajen en promoción social y servicios a la mujer
Requisitos
- Formar parte del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón
- Tener los medios necesarios para organizar la formación y las campañas
- Cumplimentar y remitir la ficha técnica de Justificación de Proyecto de acción formativa o campaña al Instituto Aragonés de la Mujer
- Publicidad que haga constar la financiación derivada del Pacto de Estado contra la Violencia de Género
- Nombrar una persona responsable de la organización y coordinación de las actuaciones relacionadas con mujer
- Cumplir con el artículo 77.2 de la Ley 11/2023 sobre contratación pública
- Aprobar modificaciones del Plan de Racionalización del gasto corriente
- Autorizar al Instituto Aragonés de la Mujer para recabar certificados de pago de tributos y otras obligaciones financieras
- Presentar la Justificación Económica con fecha límite el día 6 de noviembre de 2026
- Certificar gastos realizados y pagados desde el 1 de enero de 2026 hasta la fecha indicada, incluyendo los estimados hasta el 31 de diciembre de 2026
- No recibir otras subvenciones que superen el coste total de la actividad
- Reflejar el ingreso correspondiente a la subvención en la contabilidad de la entidad
- Cumplir con la normativa aplicable en materia de contratación
- Presentar certificados de estar al corriente de tributos, seguridad social y obligaciones contables si se autoriza
Gastos subvencionables
- Gastos de profesorado
- Material no inventariable imprescindible para la impartición de la formación
- Soportes tecnológicos
- Desplazamientos de los usuarios y profesorado
- Material informativo, maquetación, difusión, dispositivos de almacenamiento de datos
- Gastos de organización
- Nóminas y gastos de seguridad social
- Recibos de gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento
- Contratos de servicios con justificantes correspondientes
- Gastos realizados y pagados para la ejecución del Convenio de Colaboración
- Gastos imputables estimados hasta el 31 de diciembre de 2026
Documentación a presentar
- Ficha técnica de Justificación de Proyecto de acción formativa o campaña
- Certificación expedida por el Secretario/Interventor/a de la entidad
- Facturas y justificantes correspondientes a los gastos subvencionables
- Certificación de gastos (hasta el 31 de diciembre de 2026)
- Informe estimativo (hasta el 31 de diciembre de 2026) de justificación de gastos
- Certificados de estar al corriente de tributos y seguridad social
- Certificado de estar al corriente con la obligación de rendir cuentas ante la Cámara de Cuentas de Aragón
Condiciones económicas
La subvención se otorga con carácter excepcional por razones de interés público, social, económico o humanitario. La disponibilidad presupuestaria está condicionada a la constancia de su continuidad y a la efectiva asignación de recursos.; El gasto máximo por desplazamiento es de 0,26 €/km; por manutención (comida y cena) es de 37,40 €/día; y por alojamiento es de 65,70 €/día. Los contratos menores a 5.000 euros IVA excluido se consideran gastos menores.; Los gastos imputados deben estar justificados y ejecutados dentro del Convenio de Colaboración. Se requiere presentar certificaciones de estar al corriente con tributos, seguridad social y obligaciones contables.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.