Consultar plazo100% del coste12.000 €

Convenio para acciones formativas contra la violencia de género en Aragón

AUTONOMICA · ARAGÓN · INSTITUTO ARAGONÉS DE LA MUJER (IAM)
Denominación oficial (BDNS): Convenio entre el instituto aragonés de la mujer y la comarca campo de belchite para la realización de acciones formativas y campañas en materia de prevención y sensibilización de la violencia de género
Resumen: Es un convenio entre el Instituto Aragonés de la Mujer y la Comarca Campo de Belchite que financía actividades educativas y sensibilizadoras sobre prevención de la violencia de género. Se dirige a entidades sin ánimo de lucro.

Qué financia

Financia acciones formativas y campañas para prevenir y sensibilizar sobre la violencia de género

A quién va dirigida

Organizaciones sin ánimo de lucro que trabajen en promoción social y prevención de la violencia de género

Requisitos

  • La formación debe ser dirigida a profesionales de los servicios sociales y otros colectivos de la comarca.
  • El contenido de la formación debe abordar materias propias de la violencia de género en cualquiera de sus formas.
  • Las campañas deben sensibilizar sobre el daño que produce la desigualdad de género y las conductas violentas.
  • Cumplimentar y remitir la ficha técnica de Justificación de Proyecto de acción formativa o campaña
  • Publicidad que haga constar la financiación derivada del Pacto de Estado contra la Violencia de Género
  • Nombrar una persona responsable de la organización y coordinación de las actuaciones relacionadas con mujer
  • Cumplir con el artículo 77.2 de la Ley 11/2023 sobre contratación pública
  • Aprobar modificaciones del Plan de Racionalización del gasto corriente
  • Autorizar al Instituto Aragonés de la Mujer para recabar certificados financieros
  • Cumplir con las obligaciones de rendición de cuentas y presentación de planes económico-financieros si hay desequilibrios o deudas
  • Acreditar el cumplimiento de diversas legislaciones normativas
  • Presentar certificación de gastos realizados y pagados para la ejecución del Convenio de Colaboración.
  • Cumplir con los conceptos señalados en el Convenio de Colaboración.
  • No recibir otras subvenciones, ayudas o recursos que superen el coste total de la actividad.
  • Reflejar el ingreso correspondiente a la subvención en la contabilidad de la entidad.
  • Cumplir con la normativa aplicable en materia de contratación.
  • No ser susceptible de recuperación o compensación los impuestos indirectos incorporados a las facturas.

Gastos subvencionables

  • Formación presencial o on-line
  • Desplazamiento a los lugares donde se desarrolle la formación
  • Difusión de la formación mediante carteles, póster, folletos, etc.
  • Almacenamiento de datos en dispositivos como pendrive
  • Gastos de profesorado
  • Material no inventariable imprescindible para la impartición de la formación
  • Soportes tecnológicos
  • Desplazamientos de los usuarios y profesorado
  • Material informativo, maquetación, difusión, dispositivos de almacenamiento de datos
  • Gastos de organización
  • Gastos imputados realizados y pagados para la ejecución del Convenio de Colaboración.

Criterios de valoración

  • Garantizar la formación a profesionales y otros colectivos sobre materias propias de la violencia de género
  • Realización de campañas de prevención y sensibilización sobre dicha violencia de género

Documentación a presentar

  • Ficha técnica de Justificación de Proyecto de acción formativa o campaña recogida en el Anexo III del convenio
  • Ficha técnica de Justificación de Proyecto de acción formativa o campaña
  • Certificación expedida por el Secretario/Interventor de la entidad
  • Facturas y justificantes correspondientes a gastos subvencionables
  • Boletines de cotización de la Seguridad Social y justificante del pago de las nóminas
  • Recibos de gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento
  • Contratos de servicios con copias autenticadas y justificantes correspondientes
  • Certificación de gastos (hasta el 31 de diciembre de 2026) e informe estimativo.
  • Segunda justificación económica con fecha límite el 26 de febrero de 2027.

Condiciones económicas

La subvención se otorga con carácter excepcional por razones de interés público y social. Se ajustará a las condiciones del presupuesto prorrogado hasta la aprobación de la Ley de Presupuestos para 2026.; El importe máximo de la subvención es 12.000 €, con un periodo elegible del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.; Los gastos deben estar imputados y ejecutados dentro del Convenio de Colaboración. Se requiere presentar la certificación de gastos hasta el 31 de diciembre de 2026 y una segunda justificativa económica con fecha límite el 26 de febrero de 2027.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones sin ánimo de lucro que trabajen en promoción social y prevención de la violencia de género
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 100% del coste subvencionable. La subvención se otorga con carácter excepcional por razones de interés público y social. Se ajustará a las condiciones del presupuesto prorrogado hasta la aprobación de la Ley de Presupuestos para 2026.; El importe máximo de la subvención es 12.000 €, con un periodo elegible del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.; Los gastos deben estar imputados y ejecutados dentro del Convenio de Colaboración. Se requiere presentar la certificación de gastos hasta el 31 de diciembre de 2026 y una segunda justificativa económica con fecha límite el 26 de febrero de 2027.. Presupuesto total: 12.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/01/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

Otras subvenciones de Servicios sociales y dependencia

Ver todas →