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Convenio para acciones formativas sobre violencia de género en Aragón

AUTONOMICA · ARAGÓN · INSTITUTO ARAGONÉS DE LA MUJER (IAM)
Denominación oficial (BDNS): Convenio entre el instituto aragonés de la mujer y la comarca de andorra-sierra de arcos para la realización de acciones formativas y campañas en materia de prevención y sensibilización de la violencia de género
Resumen: Este convenio promueve formación y sensibilización contra la violencia de género a través del Instituto Aragonés de la Mujer y la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos.

Qué financia

Financiar acciones formativas y campañas sobre prevención y sensibilización de la violencia de género

A quién va dirigida

Organizaciones sin ánimo de lucro que trabajen en promoción social y servicios sociales

Requisitos

  • Formación dirigida a profesionales de servicios sociales y otros colectivos
  • Contenido sobre prevención y actuación frente las agresiones sexuales, apoyo ante el estrés de la atención, etc.
  • Difusión máxima de los cursos y talleres mediante carteles, pósteres, folletos, etc.
  • Cumplimentar y remitir la ficha técnica de Justificación de Proyecto de acción formativa o campaña.
  • Publicidad que haga constar la financiación derivada del Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
  • Nombrar una persona responsable de la organización y coordinación de las actuaciones relativas a mujer.
  • Cumplir con el artículo 77.2 de la Ley 11/2023, de uso estratégico de la contratación pública.
  • Aprobar y presentar modificaciones del Plan de Racionalización del gasto corriente.
  • Autorizar al Instituto Aragonés de la Mujer para recabar certificados de estar al corriente de pago de tributos y otras obligaciones financieras.
  • Cumplir con las normativas medioambientales, de transparencia, laboral, igualdad entre hombres y mujeres, derechos LGTBI+ y empleo inclusivo.
  • Cumplir con la finalidad del Convenio de Colaboración entre el Instituto Aragonés de la Mujer y la comarca.
  • No recibir otras subvenciones que superen el coste total de la actividad.
  • Reflejar en la contabilidad el ingreso correspondiente a la subvención.
  • Cumplir con la normativa aplicable en materia de contratación.

Gastos subvencionables

  • Formación presencial (inmueble equipado adecuadamente)
  • Desplazamiento a lugares donde se desarrolle la formación
  • Dispositivos de almacenamiento de datos para el contenido del curso
  • Gastos de profesorado
  • Material no inventariable imprescindible para la impartición de la formación
  • Soportes tecnológicos
  • Desplazamientos de los usuarios y profesorado
  • Material informativo, maquetación, difusión, dispositivos de almacenamiento de datos
  • Gastos de organización
  • Nóminas y gastos de seguridad social
  • Recibos de gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento
  • Contratos de servicios con justificantes correspondientes
  • Gastos imputados realizados y pagados para la ejecución del Convenio.
  • Gastos imputables estimados que no se han podido justificar a fecha actual pero cuyo abono se prevé realizar hasta el 31 de diciembre de 2026.

Documentación a presentar

  • Ficha técnica de Justificación de Proyecto de acción formativa o campaña antes del 6 de noviembre del año de vigencia del convenio
  • Informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional para el uso del identificador corporativo
  • Ficha técnica de Justificación de Proyecto de acción formativa o campaña.
  • Certificación expedida por el Secretario/a-Interventor/a de la entidad
  • Facturas y recibos justificativos de los gastos subvencionables
  • Boletines de cotización de la Seguridad Social
  • Justificante del pago de las nóminas y boletines de cotización a la Seguridad Social
  • Recibos bancarios justificativo del abono de cantidades
  • Certificación de gastos.
  • Informe estimativo de justificación de gastos.
  • Segunda justificación económica.
  • Certificados de estar al corriente de pago de tributos y deudas con la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Certificado de estar al corriente con la obligación de rendir cuentas ante la Cámara de Cuentas de Aragón.

Condiciones económicas

La subvención se otorga en base al interés público y social, sin especificar una cantidad máxima. La formación puede ser presencial o on-line, y debe abordarse con perspectiva de igualdad.; Los gastos imputados se deben ejecutar dentro del Convenio establecido. Se requiere la presentación de justificaciones económicas hasta el 6 de noviembre de 2026 y una segunda justificación económica hasta el 26 de febrero de 2027.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones sin ánimo de lucro que trabajen en promoción social y servicios sociales
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 100% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 8.992,23 €. La subvención se otorga en base al interés público y social, sin especificar una cantidad máxima. La formación puede ser presencial o on-line, y debe abordarse con perspectiva de igualdad.; Los gastos imputados se deben ejecutar dentro del Convenio establecido. Se requiere la presentación de justificaciones económicas hasta el 6 de noviembre de 2026 y una segunda justificación económica hasta el 26 de febrero de 2027.. Presupuesto total: 8.992 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/01/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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