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Convenio para apoyar fiestas del ayuntamiento de A Estrada en 2026

AUTONOMICA · GALICIA · AGENCIA TURISMO DE GALICIA
Denominación oficial (BDNS): Convenio de colaboracioón entre la Agencia de Turismo de Galicia y el Ayuntamiento de A Estrada para el apoyo a la celebración de las fiestas del ayuntamienton en el año 2026
Resumen: Es un convenio entre la Agencia de Turismo de Galicia y el Ayuntamiento de A Estrada que financiará las celebraciones anuales del ayuntamiento. Está dirigido a entidades sin ánimo de lucro.

Qué financia

Financia la organización y celebración de fiestas municipales

A quién va dirigida

Entidades sin ánimo de lucro que quieran colaborar en las fiestas del ayuntamiento de A Estrada

Requisitos

  • Desarrollar las actuaciones recogidas en las cláusulas primera y segunda del convenio
  • Incluir la marca Xacobeo 2027 en toda la documentación relacionada con el evento
  • Aportar información requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, el Consejo de Cuentas y el Tribunal de Cuentas
  • Comunicar a la Agencia de Turismo de Galicia cualquier otra subvención recibida
  • Presentar certificaciones de cumplimiento tributario y seguridad social al firmar el convenio
  • Acreditar el cumplimiento del deber de remisión al Consejo de Cuentas
  • Financiar posibles modificaciones o contratos complementarios a cuenta exclusiva del ayuntamiento
  • Mantener la propiedad sobre inversiones subvencionadas durante un período mínimo de 5 años
  • Suministrar información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la Ley 1/2016 de transparencia y buen gobierno
  • Acreditar documentalmente la ejecución del proyecto subvencionado antes de la finalización del plazo de justificación
  • Presentar toda la documentación justificativa en el tiempo y en la forma exigibles
  • Cumplir con las condiciones establecidas para la concesión de la subvención

Gastos subvencionables

  • Orquestas y actuaciones musicales
  • Pirotecnia
  • Iluminación y alumbrado festivo
  • Producción técnica y sonido
  • Gastos realizados con medios o recursos propios
  • Costes generales e indirectos incorporados en la relación a que se hace referencia
  • Subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la actividad subvencionada

Documentación a presentar

  • Certificación expedida por la Secretaría de la entidad local con el visto bueno del alcalde o presidente relativa a la aprobación por el órgano competente de la cuenta justificativa
  • Certificado de tasador independiente en caso de adquisición de bienes inmuebles
  • Documentos acreditativos de los gastos realizados con medios propios
  • Relación detallada de otras subvenciones, ayudas o recursos que financien la actividad subvencionada
  • Declaración responsable de cumplimiento tributario y seguridad social
  • Detalle de documentación publicitaria con colaboración de Turismo de Galicia y marcas Xacobeo 2027 y Galicia Calidade
  • Indicación del número de cuenta para ingreso de fondos
  • Certificado de tasador/a independiente debidamente acreditado/a e inscrito/a en el correspondiente registro oficial
  • Documentos acreditativos de los gastos realizados con medios o recursos propios
  • Relación detallada de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la actividad subvencionada procedentes de cualquier administración o entes públicos o privados nacionales o internacionales
  • Presupuestos exigidos en aplicación del artículo 29.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia

Condiciones económicas

La aportación de la Agencia de Turismo de Galicia se canaliza mediante una subvención concedida por el procedimiento de concesión directa.; La subvención se paga según gasto justificado, con posibilidad de pagos anticipados del 100% de la anualidad. Se considera gasto realizado cuando se contabiliza el reconocimiento de la obligación por el órgano competente.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Entidades sin ánimo de lucro que quieran colaborar en las fiestas del ayuntamiento de A Estrada
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 46.000 €. La aportación de la Agencia de Turismo de Galicia se canaliza mediante una subvención concedida por el procedimiento de concesión directa.; La subvención se paga según gasto justificado, con posibilidad de pagos anticipados del 100% de la anualidad. Se considera gasto realizado cuando se contabiliza el reconocimiento de la obligación por el órgano competente.. Presupuesto total: 46.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Sin plazo de solicitud. Fin: Sin plazo de solicitud.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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