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Convenio para la adecuación y mantenimiento de la escuela de vela en Guadalajara

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE GUADALAJARA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA
Denominación oficial (BDNS): Jg de 26/05/2026 que aprueba el convenio para la adecuación y mantenimiento de la escuela de vela y el desarrollo de sus actividades.
Resumen: Es un convenio directo del ayuntamiento de Guadalajara que financía el mantenimiento y desarrollo de una escuela de vela. Está dirigido a entidades sin ánimo de lucro.

Qué financia

Financia la adecuación, mantenimiento y actividades de una escuela de vela

A quién va dirigida

Organizaciones sin fines de lucro que gestionan una escuela de vela en Guadalajara

Requisitos

  • El Ayuntamiento debe presentar una memoria de actividades realizadas y un informe económico justificativo.
  • La documentación a presentar incluye facturas, declaraciones responsables y certificados de cumplimiento de obligaciones tributarias.
  • Constatar la colaboración con la Diputación Provincial mediante una placa visible
  • Presentar documentación justificativa que incluya memoria de actividades, informes de resultados y anexos específicos
  • Acreditar los gastos subvencionables con facturas o documentos probatorios válidos en el tráfico jurídico mercantil
  • Cumplir con la obligación de publicitar y difundir la colaboración de la Diputación Provincial

Gastos subvencionables

  • Gastos de obras en los edificios, la zona de acampada y el embarcadero
  • Gastos en iluminación eficiente en albergue y exteriores
  • Gastos en adecuación emplazamiento de contenedores en hangar
  • Gastos en instalación de cámaras de vídeo vigilancia
  • Gastos en reparación de electrodomésticos
  • Gastos en reparación de embarcaciones
  • Gastos en material náutico
  • Gastos imputados a la subvención concedida por la Diputación
  • Los gastos de personal se acreditan con originales de nóminas, Seguros sociales y documentos de ingreso de cuotas de Seguridad Social

Criterios de valoración

  • Criterios de eficiencia y economía para seleccionar ofertas cuando el importe del gasto supera las cuantías establecidas en la Ley 9/2017
  • Justificar expresamente la elección entre ofertas si no recaiga en la propuesta económica más ventajosa

Documentación a presentar

  • Memoria de la actuación justificativa con documentación gráfica y publicidad realizada.
  • Anexo III: Ayudas solicitadas, certificado de gasto para finalidad concedida, relación de gastos efectuados, declaración de IVA soportado
  • Facturas o documentos de valor probatorio equivalente que justifiquen la ayuda concedida.
  • Memoria de actividades realizadas y documentación gráfica del evento y publicidad
  • Informe de resultados obtenidos
  • Ayudas solicitadas y recibidas para la actividad subvencionada
  • Certificado de gasto para la finalidad concedida
  • Relación detallada de los gastos efectuados con cargo a la subvención, desglosados por acreedor, importe, fecha de emisión, concepto y fecha de pago
  • Declaración de IVA soportado
  • Facturas o documentos probatorios válidos en el tráfico jurídico mercantil que justifiquen la ayuda concedida
  • Documentos que acrediten el abono de las facturas incluidas en la relación

Condiciones económicas

El Ayuntamiento puede solicitar anticipos hasta el 80% del importe concedido, siempre que cumpla con ciertas condiciones. La subvención se pagará en dos partes: una al inicio y la otra tras la justificación de los gastos.; El importe total del gasto subvencionable no puede superar las cuantías establecidas en la Ley 9/2017 para el contrato menor (15.000,00 € para servicios y suministros). Se requieren tres ofertas de diferentes proveedores si el importe excede esta cantidad.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones sin fines de lucro que gestionan una escuela de vela en Guadalajara
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 40.000 €. El Ayuntamiento puede solicitar anticipos hasta el 80% del importe concedido, siempre que cumpla con ciertas condiciones. La subvención se pagará en dos partes: una al inicio y la otra tras la justificación de los gastos.; El importe total del gasto subvencionable no puede superar las cuantías establecidas en la Ley 9/2017 para el contrato menor (15.000,00 € para servicios y suministros). Se requieren tres ofertas de diferentes proveedores si el importe excede esta cantidad.. Presupuesto total: 40.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Sin plazo de solicitud. Fin: Sin plazo de solicitud.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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