Convenio para la adquisición de equipo tecnológico en Galicia
Qué financia
Financia la compra de equipo tecnológico para la Federación Autismo Galicia y sus entidades miembro
A quién va dirigida
Organizaciones sin ánimo de lucro dedicadas a servicios sociales, especialmente relacionados con personas mayores o con discapacidad
Requisitos
- Ejecutar y acreditar la realización de las actuaciones que fundamentan la concesión de la subvención
- Cumplir los requisitos y condiciones establecidos en el convenio
- Someterse a las actuaciones de comprobación efectuadas por la Consellería de Política Social e Igualdad
- Comunicar cualquier modificación de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención
- Disponer de libros contables, registros diligenciados y documentos auditados
- Mantener un sistema de contabilidad separado o código contable adecuado
- Dar cumplimiento al deber de publicidad del carácter público de la financiación
- Presentar declaración comprensiva de ayudas y subvenciones solicitadas o concedidas para el mismo proyecto
- Declaración responsable de no estar incursa en prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones
- NIF del beneficiario
- Nombre de la persona física o razón social de la entidad beneficiaria
- Domicilio fiscal de la persona física o jurídica
- Aceptación de la cesión de datos entre Administraciones Públicas
- Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR
- Inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retedores
Gastos subvencionables
- Actualización y mejora de los puestos de trabajo del personal técnico y de apoyo a través de la renovación de equipos informáticos
- Implantación de sistemas de videoconferencia y comunicación institucional
- Equipamiento de apoyo a la intervención educativa y terapéutica con personas con TELA
- Mejora de la seguridad y control de acceso en los centros residenciales y de día
- Adaptación tecnológica de los servicios de atención residencial
- Gastos que cumplan los requisitos fijados por el artículo 29 de la Ley 9/2007, de 13 de junio
- Los gastos deben estar realizados y efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del período de justificación
Documentación a presentar
- Cuenta justificativa que incorpore una memoria de actuación y una memoria económica abreviada
- Informe de auditoría conforme al Orden EHA/143/2007, de 17 de mayo
- NIF del beneficiario
- Nombre de la persona física o razón social de la entidad beneficiaria
- Domicilio fiscal de la persona física o jurídica
- Aceptación de la cesión de datos entre Administraciones Públicas
- Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR
- Inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retedores
Condiciones económicas
La subvención total es de 300.000 € (trescientos mil euros), financiable con cargo a la inversión C22.I02 en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.; El período subvencionable es del 1 de enero al 10 de diciembre de 2026. Se permite un anticipo del 10% y el resto se paga una vez finalizadas las actividades.; El texto no especifica una intensidad porcentual ni un importe máximo simple. Se mencionan requisitos como la inscripción en el censo empresarial y las condiciones para subcontratación.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.