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Convenio para la financiación del proyecto de pavimentación en Fuentelencina

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE GUADALAJARA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA
Denominación oficial (BDNS): Dc-7480 de 29/06/2026 que aprueba el convenio con el ayuntamiento de fuentelencina para la financiación del proyecto “pavimentación calle mirador de la vega”
Resumen: Es un convenio directo entre la Diputación Provincial de Guadalajara y el ayuntamiento de Fuentelencina para financiar una obra de pavimentación. Interesa a entidades locales sin actividad económica.

Qué financia

Financiación del proyecto de pavimentación calle Mirador de la Vega

A quién va dirigida

Ayuntamientos y otras entidades locales que no desarrollan actividades económicas

Requisitos

  • Destinar el bien al fin concreto durante un período no inferior a cinco años

Gastos subvencionables

  • Gastos derivados de la ejecución de la obra, realizadas con sujeción a la memoria y/o al proyecto básico
  • Baja en licitación de las obras (con límite máximo del importe del convenio)

Documentación a presentar

  • Memoria de actividades realizadas e informe de resultados con documentación gráfica
  • Declaración responsable sobre el destino del importe de la subvención
  • Relación de gastos efectuados desglosados y acreditados
  • Facturas que justifiquen la ayuda concedida y su abono
  • Certificación final de obra firmada por el Director de Obra y el Adjudicatario
  • Acta de Recepción de la obra firmada por el Director de Obra, el adjudicatario y el representante legal del ayuntamiento
  • Certificados de cumplimiento de obligaciones tributarias y con Seguridad Social

Condiciones económicas

La subvención se paga al 100% anticipadamente con retención del 20% en garantía, que se libera una vez aprobada la justificación.; Facturas fuera del plazo pueden ser aceptadas con reducción mínima del 4% más 2% por cada día de demora. Ampliación del plazo para desarrollo y presentación de justificación hasta el 1 de marzo de 2027.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Ayuntamientos y otras entidades locales que no desarrollan actividades económicas
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 48.400 €. La subvención se paga al 100% anticipadamente con retención del 20% en garantía, que se libera una vez aprobada la justificación.; Facturas fuera del plazo pueden ser aceptadas con reducción mínima del 4% más 2% por cada día de demora. Ampliación del plazo para desarrollo y presentación de justificación hasta el 1 de marzo de 2027.. Presupuesto total: 48.400 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Sin plazo de solicitud. Fin: Sin plazo de solicitud.

Fuente oficial

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