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Convenio para la financiación del proyecto 'pavimentación de la plaza mayor' en Guadalajara

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE GUADALAJARA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA
Denominación oficial (BDNS): Dc-5042 de 23/04/2026 que aprueba el convenio para la financiación del proyecto “pavimentación de la plaza mayor”.
Resumen: Es un convenio directo que financia el pavimentado de una plaza en Guadalajara. Está dirigido a entidades sin ánimo de lucro o ONGs.

Qué financia

Financiación del proyecto de pavimentación de la Plaza Mayor

A quién va dirigida

Entidades sin ánimo de lucro, organizaciones no gubernamentales y asociaciones que trabajen en actividades artísticas, deportivas o de entretenimiento.

Requisitos

  • Presentar la memoria técnica valorada con fotografías del desgaste del pavimento actual.
  • Contratar las obras a través de la plataforma de contratación del estado si el importe supera el umbral establecido en ley.
  • Obtener las subvenciones para la misma inversión de otras entidades públicas o privadas sin superar el coste total
  • Cumplir con la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público y la Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica

Gastos subvencionables

  • Gastos derivados de la ejecución de la obra, realizadas con sujeción a la memoria y/o al proyecto básico.
  • Baja en la licitación de las obras se podrá destinar al abono de la liquidación de la obra.
  • Inversiones reales (capítulo 6 de la clasificación económica)

Documentación a presentar

  • Adjudicación del contrato /Contrato firmado para la ejecución de la obra.
  • Acta de comprobación de replanteo.
  • Memoria de actividades realizadas en la ejecución del proyecto subvencionado e informe de los resultados obtenidos.
  • Declaración responsable del representante legal del ayuntamiento.
  • Relación de los gastos efectuados con cargo a la subvención concedida, debidamente desglosados y acreditados mediante la presentación de copias de las facturas.
  • Facturas que justifiquen la ayuda concedida y que se hayan relacionado en la cuenta justificativa.
  • Certificación final de obra.
  • Acta de Recepción de la obra.
  • Certificados de hallarse al corriente de obligaciones tributarias (AEAT) y con la Seguridad social.
  • Certificado de aplicación de la subvención
  • Relación pormenorzada de gastos
  • Solicitud de abono del 2º anticipo (opcional) con adjudicación del contrato y acta de comprobación de replanteo

Condiciones económicas

La subvención se paga en dos partes: el 50% una vez acreditada la contratación y el 30% restante al aprobar la justificación de la subvención. La Diputación Provincial puede solicitar ampliaciones del plazo para desarrollo o presentación de la justificación.; El texto menciona que las cantidades a reintegrar son ingresos de derecho público y se efectúa un reintegro proporcional si el coste final es inferior al presupuestado. También se establece una comisión de seguimiento para resolver dudas.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Entidades sin ánimo de lucro, organizaciones no gubernamentales y asociaciones que trabajen en actividades artísticas, deportivas o de entretenimiento.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
La subvención se paga en dos partes: el 50% una vez acreditada la contratación y el 30% restante al aprobar la justificación de la subvención. La Diputación Provincial puede solicitar ampliaciones del plazo para desarrollo o presentación de la justificación.; El texto menciona que las cantidades a reintegrar son ingresos de derecho público y se efectúa un reintegro proporcional si el coste final es inferior al presupuestado. También se establece una comisión de seguimiento para resolver dudas.. Presupuesto total: 150.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Sin plazo de solicitud. Fin: Sin plazo de solicitud.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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