Convenio para mejorar accesibilidad y pavimentación en Paseo de Silgar, Galicia
Qué financia
Financia mejoras en accesibilidad peatonal y pavimentación en un paseo turístico
A quién va dirigida
Entidades públicas, ayuntamientos o ONGs que quieran mejorar infraestructuras turísticas
Requisitos
- Desarrollar las actuaciones recogidas en el convenio
- Incluir en toda documentación y soportes específicos para el evento la financiación de la Xunta de Galicia a través de la Agencia de Turismo de Galicia
- Colocar un cartel de obra visible con la colaboración de la Xunta de Galicia
- Acreditar ante la Agencia de Turismo de Galicia el cumplimiento del deber de remisión al Consejo de Cuentas de las cuentas generales de cada ejercicio
- Financiar a cuenta exclusiva del ayuntamiento posibles modificaciones del contrato, contratos complementarios, liquidaciones y/o revisiones de precios que se hubieran podido producir
- Mantener la propiedad sobre las inversiones subvencionadas durante un período mínimo de 5 años
- Suministrar a la Agencia de Turismo de Galicia toda la información necesaria para el cumplimiento por la Agencia de Turismo de Galicia, de las obligaciones previstas en el Título I de la citada ley
- Solicitar y obtener los permisos y autorizaciones sectoriales pertinentes necesarias ante otros organismos o administraciones públicas
- Mantener, si procede, la propiedad sobre las inversiones subvencionadas
- Suministrar información necesaria a la Agencia de Turismo de Galicia
- Obtener permisos y autorizaciones sectoriales pertinentes
- Cumplir con otras obligaciones previstas en leyes específicas
Gastos subvencionables
- Trabajos previos
- Red de pluviales
- Firmes y pavimentos (acera, calzada)
- Señalización
- Mobiliario y jardinería
- Gestión de residuos
- Señalización obras
- Seguridad y salud
- Gastos realizados por el ayuntamiento para llevar a cabo las actuaciones subvencionadas
Documentación a presentar
- Certificaciones de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
- Declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia
- Certificación expedida por la Secretaría de la entidad local
- Certificado de tasador independiente (si se aplica)
- Documentos acreditativos de gastos realizados con medios propios
- Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que financiaron la actividad
- Presupuestos requeridos según normativa aplicable
- Declaración responsable de cumplimiento tributario y seguridad social
- Documentación publicitaria mostrando colaboración con Turismo de Galicia
- Reportaje fotográfico del estado previo e inicio de obra, resultado final y colocación de cartel
Condiciones económicas
La aportación económica prevista es compatible con otras subvenciones para la misma finalidad procedentes de cualquier Administración o entes públicos.; La subvención puede incluir pagos anticipados hasta el 100% del presupuesto anual. La justificación de la ejecución se realiza mediante una cuenta justificativa detallada que debe presentarse dentro de un plazo específico.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.