Convenio para mejorar el hórreo de O Araño en Galicia
AUTONOMICA · GALICIA · AGENCIA TURISMO DE GALICIA
Denominación oficial (BDNS): Convenio de colaboración entre la Agencia de Turismo de Galicia y el Ayuntamiento de Rianxo para la puesta en valor del hórreo de O Araño, con adecuación y mejora de su contorno y accesos
Resumen: Este convenio promueve la valorización turística del hórreo de O Araño, mejorando su entorno y accesos. Está dirigido a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.
Qué financia
Mejorar el hórreo de O Araño para impulsar el turismo local
A quién va dirigida
Personas jurídicas sin actividad económica en Galicia
Requisitos
Desarrollar las actuaciones recogidas en las cláusulas primera y segunda del convenio
Incluir en la documentación la marca Xacobeo 27 conforme al Decreto 3/2026
Colocar un cartel de obra con la colaboración de la Xunta de Galicia
Aportar información requerida por la Intervención General, el Consejo de Cuentas y el Tribunal de Cuentas
Comunicar a la Agencia de Turismo de Galicia cualquier otra subvención recibida
Presentar certificaciones de cumplimiento tributario y seguridad social
Acreditar el cumplimiento del deber de remisión al Consejo de Cuentas
Financiar posibles modificaciones o contratos complementarios a cuenta exclusiva del ayuntamiento
Mantener la propiedad sobre las inversiones subvencionadas durante un mínimo de 5 años
Suministrar información necesaria para el cumplimiento por la Agencia de Turismo de Galicia
Obtener los permisos y autorizaciones sectoriales pertinentes
Inexistencia de relación laboral entre la Agencia de Turismo de Galicia y los beneficiarios
No incursar en prohibiciones establecidas por la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia
Gastos subvencionables
Trabajos complementarios
Redes pluviales
Pavimentos
Instalaciones y acabados
Gestión de residuos
Seguridad y salud
Gastos realizados conforme a la normativa vigente en materia de contratación del sector público
Gastos con medios o recursos propios y criterios de reparto de costes generales e indirectos
Adquisición de bienes inmuebles con certificado de tasador independiente
Criterios de valoración
Cumplimiento de la finalidad de la subvención
Realización de la actividad o adopción del comportamiento que fundamentó su concesión y su coste real
Documentación a presentar
Certificación expedida por la Secretaría de la entidad local, con el visto bueno del/la alcalde/sa o presidente/a
Certificado de tasador independiente en caso de adquisición de bienes inmuebles
Documentos acreditativos de los gastos realizados con medios o recursos propios
Relación detallada de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la actividad subvencionada
Condiciones económicas
La aportación de la Agencia de Turismo de Galicia es máxima de 145.000 €, con cargo al presupuesto de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026.; El importe de la subvención no podrá superar el coste total de la actividad. Se permite un pago anticipado del 100% de la subvención, sin exceder la anualidad presupuestaria.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Personas jurídicas sin actividad económica en Galicia
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 145.000 €. La aportación de la Agencia de Turismo de Galicia es máxima de 145.000 €, con cargo al presupuesto de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026.; El importe de la subvención no podrá superar el coste total de la actividad. Se permite un pago anticipado del 100% de la subvención, sin exceder la anualidad presupuestaria.. Presupuesto total: 145.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Sin plazo de solicitud. Fin: Sin plazo de solicitud.
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