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Convenio para mejorar el hórreo de O Araño en Galicia

AUTONOMICA · GALICIA · AGENCIA TURISMO DE GALICIA
Denominación oficial (BDNS): Convenio de colaboración entre la Agencia de Turismo de Galicia y el Ayuntamiento de Rianxo para la puesta en valor del hórreo de O Araño, con adecuación y mejora de su contorno y accesos
Resumen: Este convenio promueve la valorización turística del hórreo de O Araño, mejorando su entorno y accesos. Está dirigido a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Qué financia

Mejorar el hórreo de O Araño para impulsar el turismo local

A quién va dirigida

Personas jurídicas sin actividad económica en Galicia

Requisitos

  • Desarrollar las actuaciones recogidas en las cláusulas primera y segunda del convenio
  • Incluir en la documentación la marca Xacobeo 27 conforme al Decreto 3/2026
  • Colocar un cartel de obra con la colaboración de la Xunta de Galicia
  • Aportar información requerida por la Intervención General, el Consejo de Cuentas y el Tribunal de Cuentas
  • Comunicar a la Agencia de Turismo de Galicia cualquier otra subvención recibida
  • Presentar certificaciones de cumplimiento tributario y seguridad social
  • Acreditar el cumplimiento del deber de remisión al Consejo de Cuentas
  • Financiar posibles modificaciones o contratos complementarios a cuenta exclusiva del ayuntamiento
  • Mantener la propiedad sobre las inversiones subvencionadas durante un mínimo de 5 años
  • Suministrar información necesaria para el cumplimiento por la Agencia de Turismo de Galicia
  • Obtener los permisos y autorizaciones sectoriales pertinentes
  • Inexistencia de relación laboral entre la Agencia de Turismo de Galicia y los beneficiarios
  • No incursar en prohibiciones establecidas por la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia

Gastos subvencionables

  • Trabajos complementarios
  • Redes pluviales
  • Pavimentos
  • Instalaciones y acabados
  • Gestión de residuos
  • Seguridad y salud
  • Gastos realizados conforme a la normativa vigente en materia de contratación del sector público
  • Gastos con medios o recursos propios y criterios de reparto de costes generales e indirectos
  • Adquisición de bienes inmuebles con certificado de tasador independiente

Criterios de valoración

  • Cumplimiento de la finalidad de la subvención
  • Realización de la actividad o adopción del comportamiento que fundamentó su concesión y su coste real

Documentación a presentar

  • Certificación expedida por la Secretaría de la entidad local, con el visto bueno del/la alcalde/sa o presidente/a
  • Certificado de tasador independiente en caso de adquisición de bienes inmuebles
  • Documentos acreditativos de los gastos realizados con medios o recursos propios
  • Relación detallada de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la actividad subvencionada

Condiciones económicas

La aportación de la Agencia de Turismo de Galicia es máxima de 145.000 €, con cargo al presupuesto de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026.; El importe de la subvención no podrá superar el coste total de la actividad. Se permite un pago anticipado del 100% de la subvención, sin exceder la anualidad presupuestaria.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Personas jurídicas sin actividad económica en Galicia
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 145.000 €. La aportación de la Agencia de Turismo de Galicia es máxima de 145.000 €, con cargo al presupuesto de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026.; El importe de la subvención no podrá superar el coste total de la actividad. Se permite un pago anticipado del 100% de la subvención, sin exceder la anualidad presupuestaria.. Presupuesto total: 145.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Sin plazo de solicitud. Fin: Sin plazo de solicitud.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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