● Abierta · hasta 01/10/202950% del coste2.256.219 €
Convenio para obras de carretera en Benirràs, Sant Joan de Labritja
LOCAL · CONSELL INSULAR D’EIVISSA · CONSELL INSULAR DE IBIZA
Denominación oficial (BDNS): Convenio entre el consejo insular de ibiza y el ayuntamiento de sant joan de labritja para la ejecución de las obras de carretera de benirràs tm san juan de labritja, y del vial j (casco urbano de sant miquel)
Resumen: Este convenio establece la ejecución de obras de carretera en Eivissa. Está dirigido a entidades públicas sin actividad económica.
Qué financia
Financiación y construcción de obras de carretera
A quién va dirigida
Entidades públicas que no realizan actividades económicas
Requisitos
- Cumplir con los requisitos establecidos por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones
- Justificar ante el Consejo Insular de Ibiza el cumplimiento de los requisitos y condiciones del convenio
- Someterse a las actuaciones de comprobación realizadas por el órgano concedente
- Justificar las obras e inversiones totalmente ejecutadas antes de la finalización del convenio
- Presentar justificación de los gastos de las obras e inversiones en el plazo máximo de 6 meses desde la aprobación del acta de recepción
Gastos subvencionables
- Rehabilitación del firme de la carretera de Benirràs TM Sant Joan de Labritja (798.603,33 €)
- Apertura, urbanización y dotación de servicios del VIAL J (casco urbano de Sant Miquel) (1.457.616,18 €)
- Rehabilitación del firme de la carretera de Benirràs TM
- Apertura, urbanización y dotación de servicios del VIAL J (casco urbano de San Miquel)
Documentación a presentar
- Relación ordenada de documentación aportada
- Memoria técnica del órgano gestor con descripción y imágenes de los proyectos ejecutados
- Certificado/Informe de la Intervención del ayuntamiento detallando gastos realizados
- Certificado/Informe del Secretario/a del Ayuntamiento acreditando recepción de obras y ayudas recibidas
- Memoria con acreditación de publicidad de las obras subvencionadas
- Relación ordenada de documentación aportada que se incluye en la cuenta justificativa
- Memoria técnica del órgano gestor de la subvención con una breve descripción de los proyectos ejecutados e imágenes de los mismos
- Certificado/Informe de la Intervención del ayuntamiento que acredite de manera detallada los gastos realizados en relación con cada obra y la fecha de pago
- Certificado/Informe del Secretario/a del Ayuntamiento que acredite la recepción de las obras, ayudas recibidas
- Memoria que incluya la acreditación de la publicidad de las obras subvencionadas
Condiciones económicas
El pago se realiza en dos anualidades: 50% al firmar el convenio y el resto una vez justificadas las obras.; El pago se realiza una vez justificada el gasto, sin necesidad de garantía. La ayuda se pagará en dos ejercicios (2026 y 2027) con un importe del 50% cada uno.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Entidades públicas que no realizan actividades económicas
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 50% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 2.256.219,51 €. El pago se realiza en dos anualidades: 50% al firmar el convenio y el resto una vez justificadas las obras.; El pago se realiza una vez justificada el gasto, sin necesidad de garantía. La ayuda se pagará en dos ejercicios (2026 y 2027) con un importe del 50% cada uno.. Presupuesto total: 2.256.219 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/10/2026. Fin: 01/10/2029.
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.