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Convenio para promover el turismo en Celanova-Terras do Xurés

AUTONOMICA · GALICIA · AGENCIA TURISMO DE GALICIA
Denominación oficial (BDNS): Convenio de colaboración entre la Agencia de Turismo de Galicia y el Instituto Ourensano de Desarrollo Económico y Social (INORDE) para la ejecución de actividades de promoción del turismo en el geodestino Celanova-Terras do Xurés
Resumen: Es un acuerdo entre la Agencia de Turismo de Galicia y INORDE para fomentar el turismo en una zona específica. Interesa a entidades que no desarrollan actividad económica.

Qué financia

Financia actividades de promoción del turismo

A quién va dirigida

Entidades sin ánimo de lucro o ONGs

Requisitos

  • Desarrollar actividades según las líneas de actuación establecidas
  • Incluir logos de Xunta de Galicia y marca Xacobeo 27 en documentación
  • Comunicar obtención de otras subvenciones o recursos financieros
  • Cumplir con obligaciones tributarias, Seguridad Social y no tener deudas pendientes
  • Suministrar información para cumplimiento de ley de transparencia
  • Presentar toda la documentación justificativa en el tiempo y forma exigibles
  • Cumplir con las condiciones establecidas para la concesión de la subvención

Gastos subvencionables

  • Programación de rutas de senderismo
  • Organización de FAM TRIP
  • Actualización de herramientas tecnológicas
  • Participación en ferias sectoriales
  • Comunicación digital
  • Formación y evaluación SICTED

Criterios de valoración

  • Cumplimiento de la finalidad de la subvención
  • Realización de la actividad o adopción del comportamiento que fundamentó su concesión
  • Coste real justificado por documentación detallada

Documentación a presentar

  • Certificación expedida por Secretaría con visto bueno del presidente/a
  • Certificado de tasador independiente (si aplica)
  • Documentos acreditativos de gastos realizados
  • Relación detallada de otras subvenciones, ayudas o recursos financieros
  • Presupuestos requeridos según artículo 29.3 de la Ley 9/2007
  • Presentar la documentación correspondiente a la justificación de manera electrónica a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia
  • Certificaciones o declaración responsable al solicitar anticipo

Condiciones económicas

Cofinanciación del 20% por parte de INORDE; gastos no subvencionables: inserciones publicitarias, viajes y alojamiento para representantes (excepto personal técnico), gastos comunes o de funcionamiento.; El pago se realizará proporcionalmente a la inversión justificada si es menor al presupuesto estimado. Se permiten pagos anticipados hasta el 100% como financiación necesaria para llevar a cabo las actividades subvencionadas.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Entidades sin ánimo de lucro o ONGs
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 80% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 50.000 €. Cofinanciación del 20% por parte de INORDE; gastos no subvencionables: inserciones publicitarias, viajes y alojamiento para representantes (excepto personal técnico), gastos comunes o de funcionamiento.; El pago se realizará proporcionalmente a la inversión justificada si es menor al presupuesto estimado. Se permiten pagos anticipados hasta el 100% como financiación necesaria para llevar a cabo las actividades subvencionadas.. Presupuesto total: 40.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Sin plazo de solicitud. Fin: Sin plazo de solicitud.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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