● Abierta · hasta 31/12/202610.000 €

Convenio Subvención Cruz Roja Ayuntamiento de El Escorial 2026

LOCAL · ESCORIAL, EL · AYUNTAMIENTO DE EL ESCORIAL
Denominación oficial (BDNS): Convenio subvencion cruz roja 2026
Resumen: Es un convenio subvencionado por el Ayuntamiento de El Escorial para servicios sociales. Está dirigido a entidades sin ánimo de lucro que no desarrollan actividad económica.

Qué financia

Financia proyectos y actividades en el ámbito de los servicios sociales y promoción social.

A quién va dirigida

Organizaciones benéficas, asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que trabajen en servicios sociales.

Requisitos

  • Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones
  • Estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y de seguridad social
  • Solicitar la subvención de forma telemática a través del registro general del Ayuntamiento
  • Justificar los gastos realizados conforme a las normativas vigentes
  • Presentar una cuenta justificativa compuesta por memoria económica y memoria de actuación
  • Facturas originales emitidas conforme a la normativa reguladora, con identificación del acreedor, importe, concepto, fecha de emisión y pago
  • Facturas expedidas a nombre y NIF de la Cruz Roja
  • Conceptos de facturas coincidentes con gastos subvencionables reflejados en el Convenio
  • Facturas fechadas dentro del año correspondiente a la subvención
  • Acreditación del pago de las facturas, incluyendo pagos en efectivo y transferencias bancarias

Gastos subvencionables

  • Tarjetas de compra: alimentación, higiene
  • Productos sanitarios: medicación, óptica, ortopedia, odontología
  • Libros de texto
  • Vestuario
  • Gastos realizados conforme al Convenio

Documentación a presentar

  • Declaración responsable de exención de responsabilidad
  • Declaración responsable relativa a otras subvenciones
  • Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para obtener la condición de beneficiario
  • Certificado de estar al corriente con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social o autorización para su consulta por el Ayuntamiento
  • Fotocopia del DNI del representante del beneficiario
  • Certificado del Secretario de la Asociación acreditativo de la vigencia del cargo de presidente/representante
  • Acta en la que el Secretario conste nombrado
  • Escritura de Constitución de la Sociedad /Asociación y acreditación de su inscripción en el Registro correspondiente
  • Estatutos inscritos
  • Declaración del representante sobre obligaciones tributarias, seguridad social y no tener deudas con el Ayuntamiento

Condiciones económicas

El importe máximo es regulado y no puede excederse; si el coste real supera este monto, la diferencia será asumida por el beneficiario.; La subvención se otorga según la disponibilidad presupuestaria. Se permite un pago anticipado del 50%, con justificación total requerida para liberar el resto.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones benéficas, asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que trabajen en servicios sociales.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 10.000 €. El importe máximo es regulado y no puede excederse; si el coste real supera este monto, la diferencia será asumida por el beneficiario.; La subvención se otorga según la disponibilidad presupuestaria. Se permite un pago anticipado del 50%, con justificación total requerida para liberar el resto.. Presupuesto total: 10.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 29/04/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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