Convenio subvencion directa para observatorio de inclusión social en León
Qué financia
Financiar la creación y mantenimiento de un observatorio de inclusión social
A quién va dirigida
Organizaciones no gubernamentales que trabajan en promoción social e inclusiones sociales
Requisitos
- Difundir las acciones del Observatorio
- Facilitar la participación del personal necesario para el funcionamiento del Observatorio
- Aplicar a su finalidad los fondos recibidos y justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determina la concesión de la subvención
- Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes
- Comunicar al Ayuntamiento la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la actividad subvencionada
- Asumir la responsabilidad de la actividad subvencionada y dar cuenta de las modificaciones que puedan surgir en su ejecución
- Acreditar fehacientemente, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión, así como en la justificación de la subvención concedida, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias
- Presentación de documentos justificativos del ingreso de retenciones en concepto de IRPF
- Declaración responsable de las subvenciones o ayudas recibidas
- Acreditación fehaciente de medidas para dar publicidad a la financiación municipal
- Certificados de cumplimiento tributario, seguridad social y obligaciones con el Ayuntamiento
- Generar espacios de reflexión compartidos
- Facilitar participación personal y docente
- Cumplir objetivos, realizar actividad y justificar gastos
- Someterse a comprobación financiera
- Comunicar obtención de otras subvenciones
- Asumir responsabilidad y dar cuenta de modificaciones
- Acreditar cumplimiento tributario
Gastos subvencionables
- Gastos de organización de seminarios, jornadas, etc. sobre la inclusión/exclusión social (ponentes, publicidad, etc)
- Gastos de edición y publicación de estudios sobre la inclusión social
- Gastos de personal
- Gastos de organización de seminarios, jornadas sobre inclusión/exclusión social
Criterios de valoración
- Cumplir todos los objetivos, actividades y proyectos establecidos en el convenio
- Adoptar comportamientos fundamentados por la subvención
- Cumplir compromisos asumidos con motivo de la subvención
Documentación a presentar
- Memoria de la actividad con descripción detallada
- Memoria económica suscrita por el representante de la entidad
- Facturas o justificantes de gasto ajustados a lo dispuesto en el Reglamento que regula las obligaciones de facturación
- Nóminas mensuales y documentos justificativos del abono de las cargas sociales TC1 y TC2
- Documentos justificativos de ingreso de las retenciones en concepto de IRPF
- Declaración responsable de la Presidencia o de la Tesorería de la Entidad de las subvenciones o ayudas recibidas
- Acreditación fehaciente de las medidas utilizadas para dar publicidad a la financiación municipal
- Certificados acreditativos de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la seguridad social y sus obligaciones con el Ayuntamiento de León
- Documentos justificativos del ingreso de retenciones en concepto de IRPF
- Declaración responsable de las subvenciones o ayudas recibidas
- Acreditación fehaciente de medidas para dar publicidad a la financiación municipal
- Certificados de cumplimiento tributario, seguridad social y obligaciones con el Ayuntamiento
- Memoria de actividad con descripción, número de personas beneficiarias, objetivos alcanzados y fechas de realización
- Memoria económica detallada con ingresos y gastos ajustados a facturas originales
- Nóminas mensuales y documentos justificativos del abono de cargas sociales e IRPF
- Declaración responsable de subvenciones recibidas
- Acreditación de publicidad financiación municipal
- Certificados de cumplimiento tributario, seguridad social y obligaciones con Ayuntamiento
Condiciones económicas
El 25% restante se pagará después de la justificación de la subvención concedida; los fondos percibidos deben ser aplicados a gastos realizados entre el 1 de enero y el 1 de octubre del año correspondiente.; El importe no podrá superar el 90% del coste de la actividad subvencionada, reduciéndose en caso contrario.; El anticipo es del 75% (6.000 €) y el restante se paga una vez justificada la subvención.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.