● Abierta · hasta 21/09/202690,91% del coste15.000 €

Convenio XXIX edición del Bestialc 2026

LOCAL · ALCORA, L' · AYUNTAMIENTO DE ALCORA, L'
Denominación oficial (BDNS): Convenio xxix edición del bestialc 2026
Resumen: Es un convenio para la organización de la XXIX edición del Bestialc, una feria cultural en Alcora. Está dirigido a entidades culturales sin actividad económica.

Qué financia

Financiar la organización y celebración de la XXIX edición del Bestialc

A quién va dirigida

Organizaciones culturales que no realizan actividades económicas en Alcora

Requisitos

  • No incurrir en ninguna prohibición para ser beneficiario establecida en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
  • Mantener los requisitos necesarios durante toda la vigencia de la concesión.
  • Los documentos acreditativos deben hacer constar la fecha de pago, la identificación del beneficiario y el ordenante, el concepto con remisión al número de factura correspondiente.
  • Las facturas por importe superior a 1.000 euros abonadas en efectivo solo se consideran como gasto subvencionable hasta 1.000 euros.
  • Los justificantes de gastos de alimentación y alojamiento deben acompañarse de una declaración responsable que detalle el motivo, número de personas o comensales y su relación con la actividad subvencionada.
  • La totalidad de las facturas relacionadas debe ser pagada antes del 22 de septiembre de 2026.

Gastos subvencionables

  • Contratación artistas
  • Contratación pinchadiscos
  • Contratación sonorización y equipos
  • Contratación backline
  • Alojamiento artistas
  • Menús y catering artistas
  • Contratación fotógrafo para el evento
  • Traslados artistas (taxi, trenes, gastos kilometraje miembros de la organización)
  • Promoción del festival en redes
  • Seguro de responsabilidad civil
  • Camisetas, pegatinas (publicidad)
  • Diseño e impresión del cartel + flyers del festival
  • Gastos justificados por factura o recibí firmado por el acreedor indicando la fecha de abono y su DNI.
  • Gastos superiores a 1.000 euros en facturas abonadas en efectivo solo se consideran como gasto subvencionable hasta 1.000 euros.

Documentación a presentar

  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención
  • Relación clasificada de los gastos de la actividad
  • Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia
  • Documentación acreditativa del pago
  • Relación de los ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada
  • Justificación de los medios de difusión utilizados para dar a conocer que el evento ha sido subvencionado por el Ayuntamiento de l’Alcora
  • Documentación acreditativa de los rendimientos financieros generados por los fondos librados anticipadamente
  • Facturas o recibí firmado por el acreedor indicando la fecha de abono y su DNI.
  • Etiqueta del envío del producto en la que conste el emisor, el destinatario y el importe del mismo (contra reembolso).
  • Justificantes de gastos de alimentación y alojamiento acompañados de una declaración responsable.

Condiciones económicas

El Ayuntamiento financiará el 90,91% de los gastos subvencionables (16.500 €). Los rendimientos financieros generados por los fondos librados a los beneficiarios incrementarán el importe de la subvención concedida y se aplicarán igualmente a la actividad subvencionada.; Los gastos superiores a 1.000 euros en facturas abonadas en efectivo solo se consideran como gasto subvencionable hasta 1.000 euros. Los justificantes de gastos de alimentación y alojamiento deben acompañarse de una declaración responsable. La totalidad de las facturas debe ser pagada antes del 22 de septiembre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones culturales que no realizan actividades económicas en Alcora
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 90,91% del coste subvencionable. El Ayuntamiento financiará el 90,91% de los gastos subvencionables (16.500 €). Los rendimientos financieros generados por los fondos librados a los beneficiarios incrementarán el importe de la subvención concedida y se aplicarán igualmente a la actividad subvencionada.; Los gastos superiores a 1.000 euros en facturas abonadas en efectivo solo se consideran como gasto subvencionable hasta 1.000 euros. Los justificantes de gastos de alimentación y alojamiento deben acompañarse de una declaración responsable. La totalidad de las facturas debe ser pagada antes del 22 de septiembre de 2026.. Presupuesto total: 15.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/01/2026. Fin: 21/09/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

Otras subvenciones de Cultura y patrimonio

Ver todas →