Convocatoria Ayudas a la Contratación Talento 45+ 2026. Cámara Bahía de Algeciras
Qué financia
Financia contratos laborales con trabajadores mayores de 45 años en diversos sectores.
A quién va dirigida
Empresas y particulares que buscan incorporar a profesionales mayores de 45 años en sus proyectos.
Requisitos
- Ser empresa conforme al artículo 1 del Anexo I del Reglamento (UE) Nº 651/2014
- No encontrarse incurso en prohibiciones previstas en la Ley 38/2003 o normativa aplicable
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
- El centro de trabajo debe estar ubicado en la demarcación de la Cámara de Comercio de la Bahía de Algeciras
- La contratación debe ser realizada por empresas que poseen al menos una tercera parte del capital social.
- No se podrán conceder ayudas a las empresas que hayan extinguido contratos de trabajo por despido disciplinario reconocido o declarado como improcedente, por despido colectivo o por la causa prevista en el artículo 52.c) del Estatuto de los Trabajadores.
- Las empresas excluidas del acceso a beneficios derivados de programas de empleo por infracciones no podrán solicitar ayuda.
- La contratación debe ser realizada con trabajadores que no hayan estado vinculados a la misma empresa o grupo de empresas en los seis últimos meses anteriores.
- No se podrá conceder la ayuda si otra empresa ya ha resultado beneficiaria de una ayuda económica por la contratación del mismo persona en el marco de una Convocatoria de ayudas del Programa Talento 45+.
- El trabajador contratado debe tener entre 45 y 60 años.
- Autorización para que la Cámara y la Cámara de Comercio obtengan información automática sobre el cumplimiento de obligaciones tributarias y seguridad social
- Cumplimiento de requisitos establecidos en la convocatoria
Gastos subvencionables
- Contratación de una persona desempleada de edad comprendida entre los 45 y los 60 años, ambos inclusive
Criterios de valoración
- Orden cronológico de entrada de las solicitudes en la Sede electrónica
Documentación a presentar
- Documento de identificación fiscal del solicitante (NIE o NIF para personas físicas, Tarjeta de Identificación Fiscal para empresas).
- Escritura pública de constitución o acta fundacional.
- Informe: Plantilla Media de Trabajadores en Situación de Alta correspondiente a los treinta días anteriores al día de entrada en vigor del contrato.
- Alta en la Seguridad Social como empleador.
- Anexo III. Información de la persona contratada, incluyendo DNI y Contrato de trabajo debidamente formalizado.
- Informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social para trabajadores mayores o iguales a 45 años.
- Documentación que acredite el poder de representación
- Certificado acreditativo de estar al corriente de obligaciones tributarias
- Certificado acreditativo de estar al corriente de obligaciones frente a la Seguridad Social
- Certificado de Situación Censal
Condiciones económicas
La ayuda se mantiene para las ayudas a la contratación en la anualidad 2026.; La subvención está sujeta al régimen de minimis con un límite máximo de 300,000 € en tres años. La ayuda se calcula según el concepto de 'única empresa'. Si la empresa ha recibido ayudas de minimis por encima de los límites previstos o si con el importe solicitado se superan estos límites, será causa de denegación.; La subvención está limitada a las disponibilidades presupuestarias. Se requiere autorización para consultar datos tributarios y seguridad social del solicitante. La solicitud debe presentarse a través de la sede electrónica de la Cámara de Comercio de Algeciras, con un plazo máximo de 3 meses para resolverla.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.