Convocatoria CDTI para Centros Tecnológicos de Excelencia 'Cervera'
Qué financia
Financia la creación o mejora de Centros Tecnológicos de Excelencia a nivel nacional.
A quién va dirigida
Centros tecnológicos que no desarrollan actividad económica y buscan mejorar su capacidad investigadora e innovadora.
Requisitos
- Ser agrupaciones integradas por Centros Tecnológicos y/o Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal inscritos en el registro correspondiente.
- Tener un presupuesto elegible mínimo de 2.000.000 euros y máximo de 5.000.000 euros.
- Distribución equilibrada del presupuesto a lo largo de la duración del programa.
- Cumplir con el contenido mínimo establecido en el Anexo III.
- Cumplir con la descripción del programa estratégico en la memoria técnica y solicitud
- Solicitar tres ofertas de proveedores para contratos superiores al contrato menor establecido por ley, salvo excepciones
- Subcontratación no puede exceder el 25% del presupuesto elegible por cada integrante de la agrupación
- Cumplir con los requisitos de subvenciones y prohibiciones establecidos en las leyes aplicables
- Aceptación de las condiciones de ayuda
- Escrituras públicas de apoderamiento
- Certificado de titularidad real electrónico
Gastos subvencionables
- Coste de personal
- Costes de adquisición, arrendamiento financiero (leasing) y amortización de activos materiales necesarios para la actuación.
- Costes de adquisición de activos inmateriales.
- Costes de material fungible, suministros y productos similares
- Costes de solicitud de derechos de propiedad industrial e intelectual y otros costes derivados del mantenimiento de éstos.
- Costes de contratación de servicios externos y subcontrataciones.
- Costes de apoyo y asesoramiento en materia de innovación
- Costes de gestión de instalaciones de uso compartido.
- Costes de publicación y difusión de resultados, incluidos aquellos que pudieran derivarse de la publicación en revistas de acceso abierto
- Costes derivados de la formación del personal asociado a la actuación.
- Costes de inscripción en congresos, seminarios, conferencias, jornadas técnicas y similares.
- Costes de utilización y acceso a las ICTS y grandes instalaciones científicas, nacionales e internacionales.
- El gasto derivado del informe realizado por un auditor
- Los gastos de viaje vinculados a las labores de coordinación y el trabajo en red.
- Costes de adquisición de activos inmateriales
- Material fungible, suministros y productos similares (excluyendo oficina e informático)
- Solicitudes de derechos de propiedad industrial e intelectual
- Contratación de servicios externos y subcontrataciones
- Apoyo y asesoramiento en innovación
- Gestión de instalaciones compartidas
- Publicación y difusión de resultados (hasta 5.000 € por anualidad)
- Formación del personal asociado a la actuación (hasta 20.000 € por anualidad)
- Inscripción en congresos, seminarios, conferencias (hasta 10.000 € por anualidad)
- Utilización y acceso a ICTS y grandes instalaciones científicas
- Informe de auditor (hasta 2.000 € por anualidad)
- Viajes vinculados a coordinación y trabajo en red (hasta 10.000 €)
Criterios de valoración
- Nota final igual o superior a 70 puntos
- Superar umbrales establecidos para cada criterio de evaluación
Documentación a presentar
- Programa estratégico de investigación, desarrollo e innovación
- Acuerdo de agrupación firmado por todos los integrantes
- Declaraciones responsables
- Certificado de titularidad real emitido por el Registro Mercantil o Registro Central de Titularidades Reales
- Aceptación de la ayuda y sus condiciones
- Escrituras públicas de apoderamiento
- Certificado de titularidad real electrónico
- Otra documentación requerida
Condiciones económicas
El presupuesto mínimo es de 2 millones y máximo de 5 millones euros. La ayuda se calculará como un porcentaje del presupuesto del programa estratégico hasta un máximo del 100%, pero no inferior al 60%. El plazo de ejecución será plurianual, de 3 o 4 años.; El plazo de ejecución varía según el tipo de bien o servicio: 5 años para bienes inscribibles en registro público, 2 años para no inscribibles. Los costes indirectos se calculan al 21% sobre los gastos totales justificados.; El pago se realiza fraccionado por anualidades, con un máximo del 60% anticipado. Los gastos deben estar alineados con la resolución de concesión y justificativos técnicos-económicos son obligatorios.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.