Convocatoria de ayudas para el programa VOLVEREMOS 2026 en Aragón
Qué financia
Financia proyectos de desarrollo económico en Aragón
A quién va dirigida
Pymes y trabajadores por cuenta propia que operan en Aragón
Requisitos
- Ser beneficiario: ser pequeñas o medianas empresas (PYMES) que tengan establecimientos minoristas abiertos al público en los municipios de Aragón, y adhieren o están adheridos al Programa 'Volveremos'.
- Excluir causas de exclusión: no pertenecer a grandes empresas de distribución, ser establecimiento permanente, no dedicarse exclusivamente a la venta electrónica.
- Cumplir requisitos legales: estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- Adherirse al programa 'Volveremos'
- Cumplir la condición de Pyme
- No incurre en prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones
- No haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves
- No tener otras ayudas para la misma actividad subvencionada
- Presentar justificantes acreditativos de haber realizado las actuaciones para las que se concedió la subvención
- Comunicar al Departamento competente la obtención de cualquier tipo de subvención o aportación económica
- Someterse a las actuaciones de seguimiento y control por parte de la Administración o entidad colaboradora
- Cumplir con las obligaciones tributarias y de Seguridad Social previamente al cobro
Gastos subvencionables
- Tickets de compra
- Factura o factura simplificada
- Saldo admitido como medio de pago a sus clientes usuarios de la aplicación móvil 'Volveremos'
Criterios de valoración
- La adecuada aplicación de las ayudas
- El cumplimiento de los requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de una ayuda o subvención
- La correcta aplicación del programa sin fraudes
Documentación a presentar
- Acreditación fehaciente, vía imagen registrada en la app 'Volveremos', de las ventas efectuadas.
- Documentos justificativos: tickets de caja, facturas simplificadas, facturas completas o documentos equivalentes legalmente admitidos.
- Acreditación de la identificación fiscal
- Certificado censal expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
- Certificado de titularidad bancaria
- Declaración responsable actualizada de otras ayudas sujetas al régimen de minimis concedidas en los tres años previos a la concesión
- Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Relación numerada indicando los códigos de validación de los tickets o facturas de todas las ventas realizadas
- Tickets, facturas o facturas simplificadas de todas las ventas realizadas
- Justificantes de los pagos realizados por el usuario adquirente
Condiciones económicas
El programa utiliza saldos generados por compras en una aplicación móvil como medio de pago para futuras compras, con un límite de presupuesto total de 2.964.217 €.; El importe máximo de aceptación de pagos en efectivo es de 1.000 euros; los saldos se pueden generar y utilizar hasta el 31 de diciembre de 2026 o cuando se agoten las disponibilidades presupuestarias.; El programa tiene límites máximos por usuario, comercio y operación en términos de generación y consumo de saldos. Los parámetros del sistema de incentivos pueden variar según la actividad económica, localización geográfica e impacto comercial.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.