Resumen: Esta convocatoria ofrece financiamiento a los municipios de la provincia de Valencia para proyectos relacionados con el comercio, turismo y Pymes. La concurrencia es competitiva.
Qué financia
Financia gastos corrientes de actividades administrativas y servicios auxiliares en municipios
A quién va dirigida
Municipios de la provincia de Valencia
Requisitos
Ser Ayuntamiento o entidad Local Menor de la provincia de Valencia con población no superior a 15.000 habitantes.
No tener reconocida la condición de municipio turístico según la normativa vigente.
Tener un plan estratégico o director DTI de Turismo aprobado
Contar con Oficina de Información Turística Municipal o Tourist Info
Acreditar estar al corriente tributario y social, no tener prohibiciones para obtener subvenciones
Presentar la renuncia a la subvención dentro de un mes desde su concesión
Justificar la subvención antes del 21 de diciembre de 2026
Cumplir las obligaciones de publicidad previstas en la Ley 1/2022, de 13 de abril, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana
Gastos subvencionables
Mejora, promoción y comercialización de productos turísticos
Organización de eventos turísticos
Confección, edición y publicación de catálogos, folletos, carteles u otros soportes publicitarios
Material promocional (merchandising)
Campañas de promoción turística on-line u off-line
Gastos de reportajes fotográficos y audiovisuales para la promoción de recursos turísticos
Actualización y traducción de páginas web turísticas y aplicaciones móviles
Planes y acciones encaminadas a la gestión y planificación turística
Contratación de empresas o profesionales para visitas guiadas y rutas teatralizadas
Diseño del plan director DTI
Gastos derivados del Autodiagnóstico DTI CV o Segittur
Ejecución de acciones del plan DTI
Organización, promoción y desarrollo de ferias turísticas y gastronómicas
Contratación de servicios para la organización de ferias
Mantenimiento y generación de rutas de arte urbano
Promoción de recursos turísticos locales fuera del término municipal
Desplazamiento, alojamiento y dietas
Gastos de funcionamiento (alquileres, luz, teléfono, suscripciones...)
Otros gastos específicos relacionados con la actividad turística
Gastos subvencionables que deben estar justificados con cuenta justificativa simplificada
Ingresos totales que financian la actividad
Criterios de valoración
Población del municipio o entidad local
Disponer de un plan estratégico DTI de Turismo aprobado
Contar con Oficina de Información Turística Municipal o Tourist Info
Plazas de alojamiento turístico reglado
Documentación a presentar
Resolución del acuerdo solicitando la subvención
Descripción y nombre de la actividad, ingresos y gastos
Acreditación tributaria y social
Declaración responsable sobre plan estratégico turístico (si aplica)
Cuenta justificativa simplificada con los gastos
Cuenta justificativa simplificada suscrita por el Secretario/interventor del ayuntamiento o entidad local menor con el visto bueno del Alcalde -Presidente
Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención
Acreditación de la realización de la actividad objeto de subvención (fotos, inserciones de prensa, pantallazos de redes sociales)
Documentación o material gráfico que acredite la publicidad de la colaboración de la Diputación de Valencia
Acreditación del cumplimiento de las obligaciones de publicidad previstas en la Ley 1/2022
Condiciones económicas
Compatibilidad con otras subvenciones, tope total de gastos y ingresos suficientes para cubrirlos todos.; El IVA podrá ser subvencionable si no es objeto de recuperación o compensación. Los gastos deben estar justificados con cuenta justificativa simplificada y memoria de actuación.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Municipios de la provincia de Valencia
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 100% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 15.000 €. Compatibilidad con otras subvenciones, tope total de gastos y ingresos suficientes para cubrirlos todos.; El IVA podrá ser subvencionable si no es objeto de recuperación o compensación. Los gastos deben estar justificados con cuenta justificativa simplificada y memoria de actuación.. Presupuesto total: 1.458.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: A partir del día siguiente de la publicación en el BOP. Fin: 15/09/2026.
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.