Convocatoria de cesión de vivienda para necesidades emergentes
Qué financia
Financia la cesión temporal de vivienda para cubrir necesidades emergentes habitacionales
A quién va dirigida
Personas físicas que no desarrollan actividad económica y están en situación de necesidad inmediata de alojamiento
Requisitos
- Estar empadronadas y residir efectivamente en Silla con una antigüedad mínima de dos años continuados.
- Disponer de ingresos regulares suficientes para asumir la aportación mensual establecida (100 €) y los gastos derivados de los suministros de la vivienda.
- Ser mayor de edad o menor emancipada, no tener modificada su capacidad legal por resolución judicial.
- Disponer de DNI, CUE o TIE en vigor. En caso de extranjeros, acreditar el permiso de residencia.
- No ser titular del pleno dominio o derecho real de uso y disfrute sobre otra vivienda en todo el territorio nacional.
- Acreditar situaciones de necesidad de recurso residencial o habitacional manifestadas por la persona solicitante, según el baremo adjunto.
- Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica, con renta per cápita conjunta anual no superior a 2,5 veces el IPREM.
- Obtener al menos 15 puntos en el baremo
- Cumplir los requisitos de acceso exigidos
- No haber aportado la documentación requerida dentro del plazo de diez días desde su requerimiento
- Obtener al menos 15 puntos en la evaluación
Gastos subvencionables
- Alquiler mensual fijado en 100 €
- Abono de los suministros de agua, luz y otros
Criterios de valoración
- Situación económica (renta per cápita)
- Situación laboral
- Situación de vivienda
- Situación social
- Baremo económico basado en la renta per cápita
- Baremo laboral según situación de empleo
- Baremo vivienda dependiendo del estado y tipo de vivienda
- Baremo situación social para diferentes circunstancias
Documentación a presentar
- DNI/NIE de las personas integrantes de la unidad familiar o de convivencia.
- Libro de familia (si corresponde).
- Tres últimas nóminas de los integrantes de la unidad de convivencia que estén en activo, y/o certificado de ingresos.
- Certificado de subsidio del SEPE i de LABORA como demandante de empleo.
- Certificado de vida laboral de los miembros de la unidad de convivencia.
- Reconocimiento del grado de discapacidad en vigor (si corresponde).
- Informe médico que acredite enfermedad grave (si corresponde).
- Resolución judicial o informe del órgano competente para casos de víctimas de violencia de género, violencia doméstica o agresión sexual.
- Documentación que acredite la situación de refugiado o desplazado reconocido por la UE (si corresponde).
- Resolución judicial firme de desahucio con fecha de lanzamiento firme (si corresponde).
- Certificado que acredite las circunstancias de siniestro de vivienda, ruina inminente, derribo o malas condiciones de habitabilidad de la vivienda.
Condiciones económicas
La vivienda tiene una superficie útil total de 42,30 m². La ocupación máxima permitida es para dos personas. Hay un alquiler mensual fijado en 100 € y se requiere el abono de los suministros de agua, luz y otros.; La ayuda está condicionada a la disponibilidad de viviendas y su adecuación a las necesidades. Se requiere un mínimo de 15 puntos en el baremo para acceder.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.