Convocatoria de la Agencia Andaluza de Energía para proyectos de eficiencia energética en sector residencial y edificios públicos
Qué financia
Financia proyectos de eficiencia energética en el sector residencial y edificios públicos
A quién va dirigida
Particulares y entidades sin actividad económica que deseen implementar medidas de eficiencia energética en sus viviendas o edificios públicos.
Requisitos
- La actividad debe estar encuadrada en los códigos CNAE 2009 ó 2025, excepto para sectores excluidos.
- Cumplir con el principio DNSH (Derechos de las Personas y la Sociedad Humana).
- Realizar un análisis de protección frente al cambio climático si la vida útil de la infraestructura es superior a cinco años.
- Cumplir el rendimiento medio estacional (SPF) requerido
- Ser titular de la puesta en funcionamiento de las instalaciones
- Incluir equipos e instalaciones de energías renovables del tipo de actuación 1.3 si se incluyen en subtipos 1.1.2 y 1.2.1
Gastos subvencionables
- Costes subvencionables detallados en el Anexo II de la Orden de 24 de abril de 2025.
- Gastos incentivables limitados a equipos basados en tecnología solar para instalaciones de energía renovable en viviendas y edificios residenciales privados.
- Costes unitarios de ejecución de las actuaciones objeto de la convocatoria
- Gastos subvencionables según el Anexo V
Criterios de valoración
- Cálculo mediante módulos por costes unitarios según el Anexo V.
- Cumplimiento con requisitos técnicos específicos para equipos de aerotermia y autoconsumo eléctrico.
Documentación a presentar
- Formularios de solicitud aprobados.
- Documentación justificativa del principio DNSH.
- Análisis de protección frente al cambio climático si aplicable.
- Certificados técnicos para equipos subvencionables.
Condiciones económicas
La subvención se calcula mediante módulos por costes unitarios. Las solicitudes se tramitan por procedimiento de concurrencia no competitiva y están sujetas a diversas condiciones técnicas y ambientales.; El importe del incentivo se calcula según módulos por costes unitarios y puede variar entre 6.000 € para actuación tipo 1.3 y 10.000 € para subtipos 1.1.2 y 1.2.1, con un máximo de acuerdo al Catálogo de Actuaciones.; El pago anticipado es del 15% sin garantía o del 40% con garantía. Los plazos de ejecución varían según el importe del incentivo, y se permite un pago parcial en dos etapas.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.